
México exime por cinco años del arancel de 10% a las partes y componentes para ensamblar automóviles
Un decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) de México el 13 de octubre de 2026 exime durante cinco años del arancel de 10% ad valorem a las partes y componentes para el ensamble de automóviles que importen las armadoras con depósito fiscal.
México decidió abaratar el ensamble de vehículos en su territorio. El Decreto por el que se modifica la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación, firmado el 9 de octubre de 2026 por la presidenta Claudia Sheinbaum Pardo, el secretario de Hacienda, Édgar Abraham Amador Zamora, y el secretario de Economía, Marcelo Luis Ebrard Casaubon, y publicado en el DOF el 13 de octubre, deja exenta la fracción arancelaria 9803.00.01, "partes y componentes para el ensamble de automóviles", que pagaba 10% ad valorem. El beneficio solo aplica a empresas de la industria automotriz terminal con autorización de depósito fiscal para ensamble y fabricación de vehículos, rige al día siguiente de su publicación y dura cinco años. Para una pyme colombiana de autopartes, la medida es una señal de cómo un país de la región usa los aranceles para atraer plantas de ensamble, con efectos sobre la competencia y sobre las oportunidades de proveeduría.
Qué dice el decreto publicado en el Diario Oficial
El decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación tiene un artículo único y un transitorio. El artículo único modifica la fracción 9803.00.01 de la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación, cuya unidad de medida es el kilogramo. La descripción queda así: partes y componentes para el ensamble de automóviles, cuando se trate de empresas de la industria automotriz terminal que cuenten con autorización de depósito fiscal para el ensamble y fabricación de vehículos conforme a la Ley Aduanera, y que se ajusten a los lineamientos que emita la Secretaría de Economía. En la columna del impuesto aparece la abreviatura "Ex.", es decir, exento.
El transitorio establece que el decreto entra en vigor al día siguiente de su publicación en el DOF y que la exención estará vigente durante cinco años contados desde esa entrada en vigor.
El fundamento jurídico está en los artículos 25, 89 fracción I y 131 de la Constitución mexicana, los artículos 31 y 34 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y los artículos 4, fracción I, y 12 de la Ley de Comercio Exterior. El decreto señala que contó con la opinión de la Comisión de Comercio Exterior.
Quién puede usar la exención y quién no
La exención no es abierta. Tiene tres filtros. Primero, la empresa debe pertenecer a la industria automotriz terminal, es decir, ser una armadora de vehículos y no un fabricante o distribuidor de autopartes. Segundo, debe contar con autorización de depósito fiscal para ensamble y fabricación de vehículos conforme a la Ley Aduanera, una figura que permite introducir mercancía extranjera bajo control aduanero. Tercero, debe ajustarse a los lineamientos que fije la Secretaría de Economía, que el decreto menciona pero no detalla.
Esto significa que un taller mexicano que importe repuestos para reparación, o una distribuidora de autopartes, no se beneficia del cambio. La medida está dirigida a quien arma automóviles.
Por qué México quiere más ensamble en su territorio
En los considerandos, el gobierno mexicano explica su objetivo. Invoca el Plan México, presentado el 13 de enero de 2025, que busca fortalecer la industria nacional, sustituir importaciones, generar empleo y ubicar al país entre las diez economías más grandes del mundo, así como el Plan Nacional de Desarrollo 2025-2030 y el Programa Sectorial de Economía 2025-2030, que promueven la relocalización de empresas en sectores estratégicos.
El texto reconoce que las empresas terminales complementan su oferta en México con vehículos ligeros importados bajo el arancel-cupo del decreto automotriz de 2003 y sus reformas, y dice que el gobierno busca atraer las líneas de producción de esos vehículos. Añade que los proyectos pueden empezar con ensamble de tipo SKD (semidesarmado, por sus siglas en inglés) o CKD (completamente desarmado), como una etapa previa a procesos de manufactura más complejos con mayor proveeduría nacional. La justificación es que la exención reduce los costos de instalación y operación de esas plantas.
En otras palabras, México acepta que, al principio, las armadoras traigan muchas piezas del exterior, con la apuesta de que con el tiempo las compren a proveedores locales.
Qué significa para las pymes colombianas
Para las pymes colombianas de autopartes, el decreto tiene tres lecturas.
La primera es de competencia. Si nuevas armadoras se instalan en México con ensamble SKD o CKD, importarán partes sin arancel durante cinco años. Eso abarata el vehículo ensamblado allí y fortalece a México como plataforma automotriz de la región, un mercado con el que Colombia compite por inversiones.
La segunda es de oportunidad. El propio decreto describe el ensamble como un paso previo a una mayor proveeduría. Las armadoras que lleguen buscarán con el tiempo proveedores de piezas que cumplan sus estándares. Una pyme colombiana con certificaciones de calidad automotriz podría ofrecer componentes, aunque deberá revisar las reglas de origen y los aranceles que México aplique a cada pieza, que no son objeto de este decreto.
La tercera es de política industrial. En Colombia se discute cómo atraer de nuevo ensambladoras, como mostró PYME NOTICIAS en la nota sobre las conversaciones del MinCIT para el regreso de Mazda a Colombia. El caso mexicano muestra una herramienta concreta, la exención arancelaria temporal y focalizada en armadoras con control aduanero, que puede servir de referencia en ese debate, con sus ventajas y sus riesgos para la industria local de autopartes.
Tres ejemplos de autopartistas que deberían seguir el tema
Imagine, como ejemplo, una fábrica de arneses eléctricos en Envigado con 40 empleados que hoy abastece el mercado de reposición colombiano. Si México atrae nuevas líneas de ensamble, se abre un mercado potencial para piezas que las armadoras decidan comprar en la región; pero también aparecen competidores que abastecen esas plantas desde Asia sin pagar arancel durante cinco años.
Piense también en un taller de inyección de plásticos en Bogotá que fabrica tapizados y piezas interiores. Su principal ventaja frente a una pieza importada no es el arancel, sino la cercanía, la flexibilidad y la calidad certificada. Ese es el argumento que deberá construir si quiere venderle a cualquier armadora, en México o en Colombia.
Y considere una metalmecánica de Tuluá que produce soportes y piezas estampadas. Para ella, el decreto es una alerta sobre cómo cambian las cadenas: las armadoras que empiezan con ensamble de kits importados son clientes potenciales solo si el proveedor está preparado cuando decidan aumentar el contenido local.
Cómo prepararse para competir en la cadena automotriz regional
La exención mexicana es temporal, pero la tendencia de fondo, armadoras que buscan bajar costos y luego integrar proveedores, es permanente. Este chequeo práctico ayuda a una pyme autopartista a evaluar si está lista:
Revise si tiene o puede obtener certificaciones de calidad automotriz, como la IATF 16949.
Identifique qué piezas de su portafolio usan las armadoras en ensamble y no solo el mercado de reposición.
Conozca las reglas de origen y los aranceles que aplicaría el país destino a cada una de sus piezas.
Calcule su costo de entrega en otro país, incluido flete, para saber si compite con piezas importadas sin arancel.
Siga los anuncios de nuevas plantas de ensamble en México y Colombia y sus planes de compras locales.
Para avanzar en la primera tarea, PYME NOTICIAS informó sobre la asistencia técnica gratuita en calidad IATF 16949 para mipymes de autopartes y motopartes. Y para entender el momento de la industria mexicana, vale revisar el comportamiento de la actividad industrial de México en agosto.
Lo que todavía falta saber
El decreto deja varios puntos abiertos. Remite a lineamientos de la Secretaría de Economía cuyo contenido no aparece en el decreto. No dice qué armadoras podrían usar la exención ni cuántas tienen hoy depósito fiscal para ensamble. Tampoco trae cifras sobre el costo fiscal de la medida ni sobre la inversión que espera atraer. La tabla del decreto marca "Ex." en las columnas de impuesto, pero el foco del considerando está en la importación, que es donde se pagaba el 10%.
Para una pyme colombiana, la recomendación es seguir de cerca esos lineamientos y los anuncios de inversión en México en los próximos meses. Si llegan nuevas plantas con ensamble SKD o CKD, el momento de ofrecer piezas es cuando empiecen a hablar de proveeduría nacional o regional, y para ese momento la empresa debe tener lista su certificación, su capacidad y su precio. Mientras tanto, el caso es una buena referencia para participar con argumentos en el debate colombiano sobre cómo atraer ensambladoras sin dejar por fuera a los autopartistas locales.
Fuente principal: Presidencia de la República de México, Secretaría de Hacienda y Crédito Público y Secretaría de Economía, "Decreto por el que se modifica la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación", publicado en el Diario Oficial de la Federación el 13 de octubre de 2026. Información complementaria: ficha del decreto en el Sistema de Información del Diario Oficial.
Preguntas frecuentes sobre la exención arancelaria a partes para ensamble en México
¿Qué decidió México sobre las partes para ensamblar automóviles?
Eximió del arancel la fracción 9803.00.01, "partes y componentes para el ensamble de automóviles", mediante un decreto publicado en el Diario Oficial el 13 de octubre de 2026.
¿Cuánto pagaban antes esas partes?
Pagaban un arancel de 10% ad valorem a la importación, según los considerandos del decreto.
¿Cuánto dura la exención?
Cinco años contados desde la entrada en vigor del decreto, que es el día siguiente a su publicación en el Diario Oficial.
¿Quiénes pueden usar la exención?
Solo las empresas de la industria automotriz terminal con autorización de depósito fiscal para ensamble y fabricación de vehículos conforme a la Ley Aduanera, que se ajusten a los lineamientos de la Secretaría de Economía.
¿Pueden usarla los distribuidores o talleres de autopartes?
No. El beneficio está limitado a las armadoras con depósito fiscal para ensamble y fabricación de vehículos.
¿Quién firmó el decreto?
La presidenta Claudia Sheinbaum Pardo, el secretario de Hacienda, Édgar Abraham Amador Zamora, y el secretario de Economía, Marcelo Luis Ebrard Casaubon, el 9 de octubre de 2026.
¿Por qué México tomó esta medida?
Busca atraer líneas de producción de vehículos ligeros que hoy se importan, reducir los costos de instalación y operación de las plantas y, con el tiempo, aumentar la proveeduría nacional, en el marco del Plan México.
¿Qué son los ensambles SKD y CKD que menciona el decreto?
Son formas de ensamble a partir de vehículos semidesarmados (SKD) o completamente desarmados (CKD), que el decreto describe como una etapa previa a procesos de manufactura más complejos.
¿Cambia algo para las exportaciones de autopartes colombianas a México?
El decreto no modifica los aranceles de otras fracciones, así que una pyme colombiana debe revisar por separado las reglas de origen y los aranceles de cada pieza que quiera vender.
¿Qué oportunidad abre para los autopartistas de Colombia?
Si llegan nuevas armadoras a México, con el tiempo podrían buscar proveedores regionales, lo que favorece a quienes tengan certificaciones y precios competitivos.
¿Qué falta por conocer de la medida?
Los lineamientos de la Secretaría de Economía a los que remite el decreto, así como qué armadoras la usarán y cuánta inversión atraerá.




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