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Uruguay permite a sus exportadores autocertificar el origen en el comercio con el Mercosur

hace 1 hora
7 min de lectura

El Ministerio de Economía y Finanzas de Uruguay habilitó desde el 1 de octubre de 2026 la Declaración de Origen, o autocertificación, en los acuerdos ACE 18, ACE 2 y ACE 57. La medida es optativa y convive con el certificado de origen.

El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) de Uruguay anunció el 30 de septiembre de 2026 que, desde el 1 de octubre, los exportadores podrán optar por la autocertificación de origen en el comercio amparado por el ACE 18, el ACE 2 y el ACE 57, acuerdos que, según el ministerio, se remiten al Régimen de Origen del Mercosur. En lugar de tramitar un certificado ante una entidad habilitada, el propio productor o exportador podrá emitir una Declaración de Origen. Para una pyme exportadora, eso significa un trámite menos y más control sobre sus tiempos.

Qué cambió en Uruguay desde el 1 de octubre

Según el comunicado del MEF, Uruguay habilitó a partir del 1 de octubre de 2026 la opción de utilizar la Declaración de Origen, es decir, la autocertificación, para las exportaciones realizadas bajo tres acuerdos comerciales. Hasta ahora, para acceder a la rebaja o eliminación de aranceles que esos acuerdos otorgan, el exportador debía presentar un certificado de origen expedido por una entidad autorizada.

El MEF explicó que con esta medida existirán dos tipos de pruebas de origen a elección del productor o exportador uruguayo para solicitar preferencias arancelarias al amparo de esos acuerdos: el certificado de origen o la declaración de origen. Ambas permiten demostrar que la mercancía cumple las reglas del acuerdo y que, por tanto, merece el trato preferencial en el país de destino.

Los tres acuerdos que cubre la autocertificación

Los acuerdos incluidos son tres ACE, sigla de Acuerdo de Complementación Económica, el instrumento que usan los países de la Asociación Latinoamericana de Integración para pactar preferencias comerciales. Como contexto, el ACE 18 es el acuerdo que da sustento al Mercosur, el ACE 2 corresponde al comercio entre Uruguay y Brasil y el ACE 57 al comercio entre Uruguay y Argentina. El MEF precisó que la disposición se aplica al ACE 2 y al ACE 57 en la medida en que estos se remiten al Régimen de Origen del Mercosur.

Se trata, en otras palabras, de los acuerdos que cubren el intercambio de Uruguay con sus vecinos más cercanos. Para muchas pequeñas y medianas empresas uruguayas, esos mercados son la primera puerta de salida, porque la distancia es corta, el idioma o la cercanía cultural facilitan el negocio y las preferencias arancelarias ya existen.

Una opción, no una obligación

El MEF fue explícito en un punto: la modalidad será optativa. Los productores y exportadores mantendrán la posibilidad de solicitar un certificado de origen ante una entidad habilitada si así lo prefieren.

Esto importa porque no todas las empresas están en el mismo punto. Un exportador con experiencia, que conoce bien las reglas de origen de sus productos y tiene su documentación de costos e insumos en orden, puede beneficiarse de inmediato de la autocertificación. Una empresa que exporta por primera vez quizá prefiera seguir con el certificado tradicional mientras aprende, porque la entidad que lo emite revisa el cumplimiento antes de firmarlo.

La convivencia de ambos caminos también permite combinarlos. Una misma empresa podría usar la autocertificación para los productos que conoce a fondo y que despacha con frecuencia, y mantener el certificado tradicional para una línea nueva cuya regla de origen todavía está revisando. Esa flexibilidad reduce el riesgo de equivocarse en la transición y le da a cada negocio la posibilidad de avanzar a su propio ritmo, sin que la norma imponga un cambio brusco en su forma de exportar.

Más agilidad, pero también más responsabilidad

La autocertificación traslada al exportador una responsabilidad que antes compartía con la entidad certificadora. Por eso el MEF indicó que se ajustó el régimen de sanciones amparado en la Ley 19.111 para incluir de manera específica la figura de la autocertificación. Es decir, quien declare el origen de su mercancía responde por la veracidad de esa declaración.

Para una pyme, la lectura es sencilla: el ahorro de tiempo es real, pero solo si la empresa puede respaldar lo que declara. Una bodega de vinos que exporta a Brasil necesita tener claro de dónde vienen sus uvas, sus botellas y sus tapones, y cómo eso encaja en la regla de origen del acuerdo. Un fabricante de muebles que vende a Argentina debe poder demostrar qué parte de sus materiales es regional y qué parte es importada de fuera del bloque.

El ministerio anunció además que pondrá a disposición en los próximos días, en su página web, una guía práctica sobre la Declaración de Origen en esos acuerdos, un material que será clave para que las pequeñas empresas entiendan cómo llenarla y qué soporte deben conservar. Las novedades se publican en la sección de noticias del MEF.

Ejemplos de negocios que pueden aprovechar el cambio

Los beneficios se ven con más claridad en negocios de envíos frecuentes y de valor moderado, en los que el costo y el tiempo de cada certificado pesan proporcionalmente más.

Una quesería artesanal del interior uruguayo que despacha pedidos pequeños a distribuidores en el sur de Brasil podría reducir los días de espera entre la factura y el despacho, y evitar que el producto pase más tiempo del necesario en bodega. Un taller de marroquinería que vende carteras y cinturones a tiendas de Buenos Aires puede ganar flexibilidad para responder a pedidos urgentes de temporada. Y una empresa de alimentos envasados que trabaja con varios clientes en el Mercosur puede organizar su documentación una sola vez y emitir sus propias declaraciones a medida que despacha.

En los tres casos, el principio es el mismo: menos dependencia de un tercero para un documento que la empresa ya está en condiciones de respaldar.

Qué significa para las pymes colombianas

Colombia también comercia con los países del Mercosur bajo acuerdos de preferencias arancelarias, y la prueba de origen es una pieza central de cualquier exportación que quiera aprovechar esas rebajas. En análisis de PYME NOTICIAS, el movimiento uruguayo apunta a una tendencia en la región: menos papeles intermediados y más responsabilidad directa del exportador.

Para un exportador colombiano, la lección es prepararse con anticipación. Una empresa de confecciones en Medellín, un productor de dulces en el Valle del Cauca o un fabricante de autopartes en Bogotá que venda a la región ganan mucho si conocen al detalle las reglas de origen de sus productos, aunque hoy sigan usando el certificado tradicional. Ese conocimiento es lo que permite, el día que se habilite una opción similar, adoptarla sin riesgo. También ayuda a responder con seguridad cuando un comprador del exterior pregunta por el origen de la mercancía, una consulta cada vez más común en las negociaciones internacionales.

PYME NOTICIAS ha reportado otros avances de facilitación del comercio en la región, como el piloto de control aduanero integrado entre Guatemala y El Salvador. En Colombia, iniciativas como el cupón internacional de Bogotá para mipymes exportadoras y los códigos de barras gratuitos para mipymes apuntan en la misma dirección: quitar fricciones para que los pequeños negocios vendan fuera de su mercado local.

Chequeo práctico para exportar con autocertificación de origen

Antes de emitir su propia declaración, o de prepararse para hacerlo cuando su país lo permita, conviene revisar estos puntos:

  • Identifique la clasificación arancelaria exacta de cada producto que exporta.

  • Consulte la regla de origen que le aplica a ese producto en el acuerdo correspondiente.

  • Documente el origen de cada insumo, con facturas de proveedores y declaraciones cuando sea necesario.

  • Calcule y conserve el soporte del contenido regional o del cambio de clasificación que exige la regla.

  • Designe a una persona responsable de firmar las declaraciones y capacítela en el régimen de sanciones.

  • Guarde copia ordenada de cada declaración y su respaldo, por si la autoridad del país de destino la verifica.

Lo que viene para los exportadores uruguayos

El siguiente paso será la publicación de la guía práctica anunciada por el MEF, que aclarará el formato y el contenido de la Declaración de Origen. Mientras tanto, las empresas pueden seguir usando el certificado tradicional sin cambios, de modo que nadie queda obligado a modificar su operación de un día para otro.

Para las pymes, la recomendación es aprovechar este periodo para ordenar la información de costos e insumos. Quien tenga claro el origen de lo que produce podrá decidir con calma si la autocertificación le conviene, envío por envío. Y quien todavía no lo tiene claro, encontrará en esta revisión una oportunidad para conocer mejor su propio producto, algo que sirve tanto para exportar como para negociar con proveedores y fijar precios.

Fuente principal: Ministerio de Economía y Finanzas de Uruguay, "Desde el 1° de octubre se podrá optar por la autocertificación de origen al amparo del ACE18, ACE2 y ACE57", publicado el 30 de septiembre de 2026. Información complementaria: Ministerio de Economía y Finanzas de Uruguay, sección de noticias.

Preguntas frecuentes sobre la autocertificación de origen en Uruguay

¿Qué es la autocertificación de origen que habilitó Uruguay?

Es la posibilidad de que el propio productor o exportador emita una Declaración de Origen, en lugar de pedir un certificado de origen a una entidad habilitada.

¿Desde cuándo rige la autocertificación de origen en Uruguay?

Desde el 1 de octubre de 2026, según el anuncio del Ministerio de Economía y Finanzas publicado el 30 de septiembre.

¿A qué acuerdos comerciales aplica?

Al ACE 18, que sustenta el Mercosur; al ACE 2, entre Uruguay y Brasil; y al ACE 57, entre Uruguay y Argentina. Según el MEF, la medida aplica al ACE 2 y al ACE 57 porque se remiten al Régimen de Origen del Mercosur.

¿Qué significa la sigla ACE?

ACE significa Acuerdo de Complementación Económica, el instrumento con el que los países latinoamericanos pactan preferencias comerciales.

¿Es obligatorio usar la autocertificación?

No. La modalidad es optativa y los exportadores pueden seguir pidiendo el certificado de origen tradicional ante una entidad habilitada.

¿Qué tipos de prueba de origen existirán?

Dos: el certificado de origen tradicional y la Declaración de Origen o autocertificación.

¿Hay sanciones si la declaración de origen es incorrecta?

Sí. El MEF indicó que se ajustó el régimen de sanciones amparado en la Ley 19.111 para incluir de manera específica la figura de la autocertificación.

¿Habrá una guía para llenar la Declaración de Origen?

Sí. El ministerio anunció que pondrá a disposición en los próximos días, en su página web, una guía práctica sobre la Declaración de Origen en esos acuerdos.

¿Qué ventajas tiene la autocertificación para una pyme?

Reduce la dependencia de un tercero para obtener el documento, lo que puede ahorrar tiempo en despachos frecuentes y de valor moderado.

¿Qué debe tener una empresa antes de autocertificar?

Debe conocer la regla de origen de su producto y poder respaldar con documentos el origen de sus insumos.

¿Este cambio aplica a exportadores colombianos?

No. La medida aplica a exportaciones desde Uruguay, pero muestra una tendencia regional de la que las pymes colombianas pueden aprender.

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