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República Dominicana reserva las compras de programas sociales para sus mipymes industriales

hace 2 días
8 min de lectura

Actualizado: hace 15 horas

Con el Decreto 672-26, la Presidencia dominicana ordena que las compras públicas de alimentación, vestimenta, insumos escolares y salubridad social se dirijan solo a micro, pequeñas y medianas industrias nacionales.


El Gobierno de República Dominicana emitió el 29 de septiembre de 2026 el Decreto 672-26, firmado por el presidente Luis Abinader, que ordena a varias instituciones públicas dirigir exclusivamente a las micro, pequeñas y medianas industrias nacionales las compras destinadas a programas sociales y de protección a la población vulnerable. La medida cubre compras de alimentación, vestimenta, insumos escolares y salubridad social, entre otras, y exige que los bienes y servicios sean de origen y manufactura dominicana. Para las pequeñas industrias de ese país significa acceso preferente a uno de los compradores más grandes y constantes que existen, el Estado; para las pymes colombianas es un caso concreto de cómo la compra pública puede usarse como herramienta de política industrial.


La decisión fue anunciada por la Presidencia de la República Dominicana y llega en un momento en que varios gobiernos de la región discuten cómo hacer que el gasto público llegue a las empresas pequeñas, en lugar de concentrarse en grandes proveedores o en importaciones.


Qué ordena el Decreto 672-26

El decreto instruye a las instituciones públicas a dirigir exclusivamente a las mipymes industriales los procedimientos de contratación pública destinados a programas sociales, alivio a la pobreza, alimentación, vestimenta, insumos escolares y salubridad social. En otras palabras, en esas categorías de gasto el Estado dominicano ya no comprará a cualquier proveedor que gane una licitación, sino a pequeñas y medianas industrias nacionales que cumplan con los requisitos establecidos.


La palabra clave es "industriales". La norma no habla de cualquier mipyme, sino de las que fabrican o transforman bienes en el país. Un comercializador que importa productos terminados y los revende no entra en esa definición; un taller de confección que cose uniformes o una planta pequeña que procesa alimentos, sí.


Las instituciones que deberán comprarles a las mipymes industriales

El decreto nombra a las entidades obligadas. Entre ellas están el Ministerio de Educación (MINERD); el Instituto Nacional de Bienestar Estudiantil (INABIE), responsable de programas como la alimentación escolar; el Servicio Nacional de Salud (SNS); el Gabinete de Políticas Sociales Supérate; el Programa de Medicamentos Esenciales y Central de Apoyo Logístico (Promese/CAL); el Ministerio de Defensa y el Ministerio de la Vivienda, además de otras dependencias del Estado enfocadas en protección social.


Se trata de compradores con necesidades recurrentes y de gran escala: raciones alimentarias, uniformes, útiles, insumos de salud, materiales para programas de vivienda y dotaciones. Para una pequeña industria, un contrato con cualquiera de estas entidades puede representar volumen estable durante meses, algo difícil de conseguir en el mercado privado.


Los tres registros que exige el decreto

Para participar en estas compras, las empresas deben cumplir tres requisitos formales. El primero es el Registro Industrial que emite Proindustria, el Centro de Desarrollo y Competitividad Industrial dominicano. El segundo es la certificación Mipymes, o Mipymes Mujer en el caso de empresas lideradas por mujeres, que expide el Ministerio de Industria, Comercio y Mipymes (MICM). El tercero es la inscripción en el Registro de Proveedores del Estado (RPE).


Además, los bienes y servicios ofrecidos deben ser de origen y manufactura dominicana. Este punto cierra la puerta a que una empresa formalmente pequeña actúe como simple intermediaria de productos importados.


La lógica de los requisitos es doble: asegurar que el beneficio llegue a quien realmente produce en el país y dar trazabilidad al proceso. Para la pyme, la consecuencia práctica es que la formalización deja de ser un trámite y se vuelve la llave de entrada a un mercado.


Una mesa interinstitucional y un inventario en cuatro meses

El decreto crea una Mesa de Articulación Interinstitucional entre el MICM y la Dirección General de Contrataciones Públicas (DGCP). Su función es coordinar la oferta productiva con la demanda del Estado y asegurar el cumplimiento de la norma.


También fija tareas con plazo. El MICM tiene cuatro meses para hacer un levantamiento exhaustivo de los bienes y servicios que ofrece la industria nacional, es decir, un inventario de lo que las mipymes industriales dominicanas pueden suministrar. Proindustria, por su parte, deberá modernizar y digitalizar el Registro Industrial, con el fin de garantizar la trazabilidad de la oferta nacional y su interoperabilidad con el sistema de compras públicas.


Ese inventario es clave. Una reserva de mercado solo funciona si la industria local tiene capacidad para responder en cantidad, calidad y tiempo. Si una institución necesita un insumo que ninguna pequeña industria produce, la norma tendrá que convivir con esa realidad. El levantamiento del MICM servirá para saber dónde hay oferta suficiente y dónde hay brechas.


Sectores que pueden ganar con la medida

La confección es uno de los candidatos más evidentes. Los uniformes escolares y las dotaciones de instituciones como el Ministerio de Defensa son compras repetidas cada año. Un taller con veinte operarias que hoy vende a almacenes podría, con los registros al día, aspirar a contratos públicos de mayor volumen.


La agroindustria y el procesamiento de alimentos es otro. Los programas de alimentación escolar y de alivio a la pobreza necesitan productos como lácteos, panificados, granos empacados o raciones preparadas. Una pequeña planta procesadora que cumpla normas sanitarias y tenga certificación Mipymes tendría un comprador estable.


Un tercer frente son los productos de higiene, limpieza e insumos básicos de salud, vinculados a la categoría de salubridad social. Pequeñas fábricas de jabones, desinfectantes o material textil sanitario podrían encontrar en el SNS o en Promese/CAL una demanda constante.


Lo que la norma no resuelve por sí sola

Abrir el mercado no garantiza que las pequeñas industrias lo aprovechen. La experiencia de la región muestra que las mipymes enfrentan barreras conocidas en la contratación pública: garantías y pólizas exigidas, plazos de pago largos que presionan la caja, volúmenes que exceden la capacidad de una sola planta y procesos de licitación con mucha documentación.


El decreto no detalla, según el comunicado oficial de la Presidencia, mecanismos específicos de financiamiento, anticipos o plazos de pago para estas compras. Por eso, las empresas que quieran participar harán bien en planear su capital de trabajo antes de presentarse: ganar un contrato que no se puede financiar puede ser peor que no ganarlo.


Otro reto es la asociatividad. Cuando una institución necesita miles de unidades, varias pequeñas industrias pueden necesitar unirse para cumplir. La mesa entre el MICM y la DGCP tendrá un papel central para que las reglas permitan ese tipo de alianzas.


Qué pueden aprender las pymes colombianas del caso dominicano

Colombia ya cuenta con criterios diferenciales para mipymes en la contratación estatal, pero el modelo dominicano va un paso más allá: no se limita a dar puntos adicionales o desempates favorables, sino que reserva categorías completas de gasto social para la industria nacional de menor tamaño.


Para gremios y empresarios colombianos, la referencia es útil al menos en tres frentes. El primero es la alimentación escolar: el Programa de Alimentación Escolar (PAE) es una de las compras públicas más grandes y descentralizadas del país, y la discusión sobre cuánto de ese gasto llega a productores y procesadores locales es recurrente. El segundo son los uniformes y dotaciones de entidades públicas, un mercado en el que la confección nacional, golpeada por la competencia importada, podría tener un comprador estable. Ese mismo debate se vive en otros países: Perú, por ejemplo, declaró una emergencia para su sector textil y de confecciones. El tercero son los insumos básicos de salud e higiene.


La lección más importante, sin embargo, es la del orden de los pasos. República Dominicana amarra la reserva de mercado a tres registros formales y a un inventario de capacidad productiva. Es decir, primero define quién puede vender y qué puede ofrecer la industria local, y luego reserva la demanda. Un esquema similar en Colombia exigiría a las pymes llegar con su formalización completa: registro mercantil al día, inscripción como proveedor del Estado y documentación de origen de sus productos.


En la región, la discusión sobre cómo apoyar a las mipymes desde el Estado está activa en varios países. En Panamá, por ejemplo, avanza una mesa técnica para mipymes que recoge propuestas de los gremios. Para quien quiera entender el punto de partida colombiano, nuestra guía sobre las pymes en Colombia reúne el panorama general.


Chequeo para una pyme que quiera venderle al Estado

Tanto en República Dominicana como en Colombia, venderle al sector público exige preparación. Estas preguntas ayudan a saber si su empresa está lista:


  • ¿Tiene todos sus registros formales al día, incluido el de proveedor del Estado?

  • ¿Puede demostrar que sus productos se fabrican en el país y con qué componentes?

  • ¿Cuenta con capacidad para cumplir un pedido grande en el plazo exigido, sola o en alianza con otras empresas?

  • ¿Tiene capital de trabajo o crédito disponible para sostener la operación mientras llega el pago?

  • ¿Conoce las fichas técnicas y normas de calidad que exigen las entidades compradoras de su sector?


Una medida para seguir de cerca

En los próximos cuatro meses, el inventario del MICM y la modernización del Registro Industrial mostrarán qué tan lista está la industria dominicana para responder. La experiencia que deje esta norma, en cumplimiento, en precios para el Estado y en crecimiento de las pequeñas industrias, será una referencia valiosa para toda la región.


Para una pyme colombiana con vocación productiva, el mensaje práctico es que las compras públicas son un mercado al que se llega con preparación: formalización, capacidad demostrable y finanzas para aguantar los tiempos del Estado. Quien tenga esas tres piezas en orden estará mejor ubicado si Colombia avanza en esquemas que favorezcan a la industria pequeña en el gasto social.


Fuente principal: Presidencia de la República Dominicana, "Gobierno emite decreto que prioriza a las mipymes industriales en compras públicas para programas sociales y de protección vulnerable", publicado el 29 de septiembre de 2026.


Preguntas frecuentes sobre el Decreto 672-26 y las mipymes industriales

¿Qué es el Decreto 672-26 de República Dominicana?

Es un decreto del Poder Ejecutivo dominicano, emitido el 29 de septiembre de 2026, que ordena dirigir exclusivamente a micro, pequeñas y medianas industrias nacionales las compras públicas para programas sociales y de protección a población vulnerable.


¿Qué tipo de compras públicas quedan reservadas para las mipymes industriales?

Las compras destinadas a programas sociales, alivio a la pobreza, alimentación, vestimenta, insumos escolares y salubridad social.


¿Qué instituciones dominicanas están obligadas por el decreto?

El decreto nombra al Ministerio de Educación, el INABIE, el Servicio Nacional de Salud, el Gabinete de Políticas Sociales Supérate, Promese/CAL y los ministerios de Defensa y de la Vivienda, además de otras dependencias del Estado enfocadas en protección social.


¿Qué requisitos debe cumplir una mipyme para participar?

Debe tener el Registro Industrial de Proindustria, la certificación Mipymes o Mipymes Mujer del Ministerio de Industria, Comercio y Mipymes, y la inscripción en el Registro de Proveedores del Estado, además de ofrecer bienes de origen y manufactura dominicana.


¿Cualquier pyme dominicana puede venderle al Estado bajo este decreto?

No. La reserva aplica a mipymes industriales, es decir, empresas que fabrican o transforman bienes en el país, no a comercializadoras de productos importados.


¿Qué es la Mesa de Articulación Interinstitucional?

Es una instancia creada por el decreto entre el MICM y la Dirección General de Contrataciones Públicas para coordinar la oferta productiva nacional con la demanda del Estado y vigilar el cumplimiento.


¿Qué plazo tiene el MICM para hacer el inventario de la industria nacional?

El decreto da al MICM cuatro meses para hacer un levantamiento exhaustivo de los bienes y servicios que ofrece la industria nacional.


¿Qué cambiará en el Registro Industrial de Proindustria?

El decreto ordena a Proindustria modernizar y digitalizar el Registro Industrial.


¿Qué sectores pueden beneficiarse más de la medida?

La confección de uniformes, el procesamiento de alimentos para programas sociales y escolares, y la fabricación de productos de higiene e insumos básicos de salud son algunos de los más expuestos a esta demanda.


¿Qué riesgos enfrentan las pequeñas industrias al venderle al Estado?

Los más comunes son los plazos de pago largos, la exigencia de garantías, los volúmenes que superan la capacidad de una sola planta y la carga documental de los procesos.


¿Existe algo similar en Colombia?

Colombia aplica criterios diferenciales para mipymes en la contratación estatal, pero no una reserva de categorías completas de gasto social como la que establece el decreto dominicano.


¿Qué puede aprender una pyme colombiana de este caso?

Que el acceso a las compras públicas depende de tener la formalización completa, capacidad productiva demostrable y capital de trabajo para soportar los tiempos de pago del Estado.

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