
Bolivia amplía hasta el 30 de noviembre el plazo para declarar y pagar el IUE de las empresas con cierre fiscal a junio
El Servicio de Impuestos Nacionales de Bolivia informó que, por la RND N.º 102600000043 del 28 de octubre de 2026, los contribuyentes con cierre de gestión al 30 de junio tienen hasta el 30 de noviembre para presentar y pagar el Impuesto sobre las Utilidades de las Empresas.
Las empresas de Bolivia con cierre de gestión fiscal al 30 de junio de 2026 tienen hasta el 30 de noviembre de 2026 para presentar su declaración jurada y pagar el Impuesto sobre las Utilidades de las Empresas (IUE), según informó el Servicio de Impuestos Nacionales (SIN) el 29 de octubre de 2026 desde La Paz. La ampliación quedó establecida en la Resolución Normativa de Directorio (RND) N.º 102600000043, emitida el 28 de octubre, y se otorgó a pedido de los propios contribuyentes. Para una pyme boliviana con ese cierre contable, el cambio significa más tiempo para preparar y revisar sus estados financieros antes de enviarlos; para una pyme colombiana con operaciones o socios en Bolivia, es un dato de calendario que conviene tener presente.
La nota de prensa oficial de Impuestos Nacionales explica que el nuevo plazo cubre tanto la declaración jurada y el pago del impuesto como el envío de los documentos complementarios.
Qué es el IUE y quién lo paga
El Impuesto sobre las Utilidades de las Empresas (IUE) es el tributo que grava las ganancias de las empresas en Bolivia. Es el equivalente boliviano a lo que en Colombia se conoce como impuesto de renta para personas jurídicas: se calcula sobre la utilidad que deja la actividad del negocio durante una gestión fiscal y se declara una vez al año.
A diferencia de Colombia, donde el año gravable de las sociedades coincide con el año calendario, en Bolivia la fecha de cierre de la gestión fiscal puede variar según la actividad económica de la empresa. Por eso existen grupos de contribuyentes con cierres en distintos meses, y cada grupo tiene su propio plazo para declarar y pagar. La medida anunciada por el SIN aplica únicamente a quienes cerraron su gestión el 30 de junio de 2026.
La resolución que amplía el plazo
La ampliación se formalizó mediante la RND N.º 102600000043, del 28 de octubre de 2026. Una Resolución Normativa de Directorio es el instrumento con el que el directorio del SIN reglamenta y ajusta procedimientos tributarios, como los plazos de presentación o los requisitos de las declaraciones.
El SIN aclaró que la prórroga se dispuso a pedido de los contribuyentes. El objetivo, según la entidad, es dar más tiempo para preparar y revisar la documentación y, si hace falta, completarla antes de enviarla. La nota de prensa no detalla cuál era la fecha de vencimiento original, de modo que lo que conviene retener es la nueva fecha límite: el 30 de noviembre de 2026.
Qué documentos se presentan y con qué formularios
Dentro del nuevo plazo, los contribuyentes pueden presentar varios documentos además de la declaración jurada del IUE. Según el SIN, mediante el Formulario 605 se envían los estados financieros digitalizados, la memoria anual y el estudio de precios de transferencia. El Formulario 601 se usa cuando corresponda.
Los estados financieros digitalizados son el balance general, el estado de resultados y los demás reportes contables de la gestión, convertidos a formato digital para su envío al SIN. La memoria anual es el informe en el que la empresa resume su actividad durante el año. El estudio de precios de transferencia es un análisis que deben preparar las empresas que hacen operaciones con partes vinculadas, como una casa matriz, una filial o una empresa del mismo grupo, para demostrar que esos precios se fijaron como si se tratara de partes independientes.
No todas las pymes deben presentar todos estos documentos. El estudio de precios de transferencia, por ejemplo, solo aplica a quienes tienen operaciones con vinculadas. Por eso es importante que cada empresa confirme con su contador qué le corresponde presentar.
Por qué la ampliación importa a las pymes bolivianas
Para una pequeña o mediana empresa, el cierre del IUE es una de las tareas contables más exigentes del año. Hay que conciliar cuentas, revisar inventarios, cuadrar ingresos y gastos, preparar los estados financieros y, en algunos casos, coordinar con auditores externos. El tiempo adicional reduce la presión sobre el equipo contable y disminuye el riesgo de errores que luego obliguen a rectificar la declaración.
Tres ejemplos ayudan a dimensionarlo. Una procesadora de alimentos con cierre a junio, que maneja inventarios de materia prima y producto terminado, gana tiempo para valorar sus existencias con precisión. Una comercializadora que compra a proveedores de otros países y vende a distribuidores locales puede revisar con más calma si sus operaciones con empresas relacionadas la obligan a presentar estudio de precios de transferencia. Y una empresa familiar de servicios con cierre a junio, que suele depender de un contador externo que atiende a varios clientes, tiene más margen para que su asesor complete la memoria anual y los estados financieros.
Los riesgos de dejar la declaración para el último día
Una prórroga suele generar la tentación de aplazar el trabajo. Sin embargo, presentar la declaración en los últimos días aumenta el riesgo de congestión en los canales de atención, de errores de digitación y de documentos incompletos. Si el estado financiero digitalizado o la memoria anual tienen inconsistencias, la empresa puede verse obligada a rectificar más adelante, con el costo de tiempo y asesoría que eso implica. Lo más prudente es fijar una fecha interna de entrega varias semanas antes del 30 de noviembre y dejar un margen para revisiones.
El contexto tributario de Bolivia en 2026
La ampliación del IUE llega en un momento de varios cambios en la relación entre las empresas bolivianas y la administración tributaria. PYME NOTICIAS reseñó hace unos días que Bolivia publicó el anexo técnico del IVA Transparente, con 30 días para migrar la facturación a la versión 3, un ajuste que también exige trabajo a los equipos contables.
A eso se suma un entorno de costos al alza: los precios al productor subieron 1,38 % en septiembre y 10,52 % en doce meses, según el Instituto Nacional de Estadística. En ese escenario, contar con más tiempo para revisar los números del cierre puede ayudar a las empresas a reflejar mejor sus costos reales en la determinación de la utilidad.
Qué pueden aprender las pymes colombianas del caso boliviano
En Colombia, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) fija cada año un calendario tributario con fechas de vencimiento según el último dígito del Número de Identificación Tributaria (NIT). Las prórrogas generales son poco frecuentes, por lo que la planeación con anticipación es la mejor defensa contra sanciones e intereses de mora.
El caso boliviano deja dos lecciones. La primera es que los gremios y los contribuyentes organizados pueden pedir ajustes razonables a la administración tributaria cuando los plazos resultan apretados, y en este caso el SIN atendió esa solicitud. La segunda es que un plazo más largo solo sirve si se usa bien: el tiempo extra debe dedicarse a revisar y completar la documentación, no a aplazar el trabajo hasta el último día.
Para una pyme colombiana con filial, socio o cliente en Bolivia, la noticia también tiene un efecto práctico: si la contraparte boliviana tiene cierre a junio, sus estados financieros definitivos podrían estar listos más tarde de lo habitual, algo que conviene considerar si se necesitan para procesos de crédito, auditorías de grupo o consolidación contable.
Si su empresa tiene cierre fiscal al 30 de junio en Bolivia, este chequeo le puede servir antes del 30 de noviembre:
Confirme con su contador que su empresa está en el grupo de cierre al 30 de junio de 2026.
Prepare y revise los estados financieros digitalizados y la memoria anual para el Formulario 605.
Verifique si tiene operaciones con partes vinculadas que lo obliguen a presentar estudio de precios de transferencia.
Revise si le corresponde usar el Formulario 601.
No espere al último día: presente y pague con margen para corregir errores.
La prórroga es un alivio, pero no cambia lo que hay que entregar. Las empresas que aprovechen las semanas adicionales para depurar sus cifras llegarán al 30 de noviembre con declaraciones más sólidas y menos riesgo de rectificaciones posteriores.
Fuente principal: Servicio de Impuestos Nacionales (SIN) de Bolivia, "Contribuyentes con cierre fiscal al 30 de junio tienen hasta el 30 de noviembre para declarar y pagar el IUE", publicado el 29 de octubre de 2026. Información complementaria: no se usaron otras fuentes.
Preguntas frecuentes sobre el plazo del IUE en Bolivia
¿Hasta cuándo hay plazo para declarar y pagar el IUE con cierre a junio?
Las empresas con cierre de gestión al 30 de junio de 2026 tienen hasta el 30 de noviembre de 2026 para presentar la declaración jurada y pagar el IUE, según el SIN.
¿Qué norma amplió el plazo?
La Resolución Normativa de Directorio N.º 102600000043, emitida por el Servicio de Impuestos Nacionales el 28 de octubre de 2026.
¿Por qué se amplió el plazo?
El SIN otorgó la prórroga a pedido de los contribuyentes, para darles más tiempo de preparar, revisar y completar su documentación.
¿Qué es el IUE?
Es el Impuesto sobre las Utilidades de las Empresas, el tributo boliviano que grava las ganancias de las empresas, similar al impuesto de renta de las sociedades en Colombia.
¿La ampliación aplica a todas las empresas?
No. Aplica a los contribuyentes con cierre de gestión fiscal al 30 de junio de 2026 que deben declarar y pagar el IUE.
¿Qué se presenta con el Formulario 605?
Los estados financieros digitalizados, la memoria anual y el estudio de precios de transferencia, según la nota del SIN.
¿Cuándo se usa el Formulario 601?
El SIN indica que el Formulario 601 se presenta cuando corresponda; cada empresa debe confirmar con su contador si está obligada.
¿Qué es un estudio de precios de transferencia?
Es un análisis que prepara una empresa con operaciones entre partes vinculadas para demostrar que sus precios equivalen a los que pactarían partes independientes.
¿Cuándo se publicó el anuncio?
El Servicio de Impuestos Nacionales publicó la nota de prensa el 29 de octubre de 2026 en La Paz.
¿Cómo puedo comunicarme con el SIN?
El SIN informó su línea gratuita 800-10-3444, el teléfono 2606060 y el correo comunicacion.social@impuestos.gob.bo, con atención de 08:00 a 16:30.
¿Esta medida afecta a las empresas colombianas?
Solo de forma indirecta: puede retrasar la entrega de estados financieros definitivos de socios, filiales o clientes bolivianos con cierre a junio.
¿Qué conviene hacer con el tiempo adicional?
Revisar y completar la documentación, verificar qué formularios corresponden y presentar con margen antes del 30 de noviembre.

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