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Dueño de una tienda de electrodomésticos en Santa Cruz de la Sierra revisa una factura con su técnico junto a la caja.

Bolivia publica el anexo técnico del IVA Transparente: 30 días para migrar la facturación a la versión 3

hace 20 horas
7 min de lectura

El Servicio de Impuestos Nacionales de Bolivia publicó la versión final del Anexo Técnico de la Ley 1733, que separa el IVA en las facturas, y dio 30 días desde la solicitud de la Actualización V3 para probar y migrar los sistemas de facturación.


El Servicio de Impuestos Nacionales (SIN) de Bolivia publicó el 22 de octubre de 2026, en La Paz, la versión final del Anexo Técnico de la Ley N.º 1733, el documento que establece los cambios necesarios para separar el impuesto al valor agregado (IVA) en las facturas, lo que se conoce como IVA Transparente. Desde que solicitan la “Actualización V3”, los contribuyentes y los proveedores de sistemas de facturación tienen 30 días para completar las pruebas y migrar a la versión 3. Para una pyme boliviana, esto significa que su programa de facturación, propio o contratado, debe actualizarse en un plazo corto para no interrumpir sus ventas.


Según el SIN, el anexo se construyó con aportes, observaciones y recomendaciones de contribuyentes de distintos sectores. Contiene las estructuras de información, los formatos, los datos, las reglas de validación y las especificaciones técnicas para emitir, enviar y validar los documentos fiscales. En otras palabras, es el manual que deben seguir quienes programan o administran los sistemas que emiten facturas.


El anexo es parte de la implementación de la Ley N.º 1733 de Alivio Tributario, que también incluye la condonación de deudas tributarias antiguas y un plazo ampliado de regularización. Esta semana, el SIN anunció además que ya se puede consultar en línea si una deuda fue condonada.


Qué contiene el anexo técnico final de la Ley 1733

Un anexo técnico de facturación define cómo debe verse y qué debe contener cada documento fiscal electrónico. En el caso del IVA Transparente, el cambio de fondo es que el impuesto aparezca separado en la factura, de modo que el comprador vea cuánto paga por el producto o servicio y cuánto corresponde al IVA.


Para lograrlo, el SIN actualizó las estructuras de datos, los formatos y las reglas de validación que usan los sistemas al enviar las facturas a la administración tributaria. Los archivos técnicos están disponibles en el apartado “Documentos Fiscales Digitales” del portal del SIN, que incluye los tipos de documentos por sector, sus formatos gráficos y los archivos XML y XSD, que son los formatos de datos y las plantillas de validación que leen los programas de facturación.


La publicación no llegó sin aviso. En su portal, el SIN ya había difundido el 2 de septiembre de 2026 un comunicado titulado “Preparación y Adecuación Sistema de Facturación”, lo que indica que la adecuación de los sistemas ya estaba en la agenda. Lo que faltaba era el documento definitivo, que es el que ahora permite pasar de la preparación a la programación.


El SIN destaca que esta es la versión final del documento. Ese detalle importa para las empresas y sus proveedores: con una versión definitiva, ya cuentan con una base estable para programar los cambios.


Los cuatro pasos para actualizar el sistema de facturación a la versión 3

La nota del SIN sobre el anexo técnico describe un procedimiento en cuatro pasos. Primero, consultar en el portal el apartado “Documentos Fiscales Digitales”. Segundo, solicitar la “Actualización V3”. Tercero, iniciar las pruebas mediante los servicios habilitados para el proceso de autorización. Cuarto, completar esas pruebas y actualizar los sistemas a la versión 3.


El plazo para ese último paso es de 30 días contados desde la solicitud de la actualización. Es decir, el reloj no empieza a correr con la publicación del anexo, sino cuando cada contribuyente o proveedor pide la Actualización V3. Esto permite planificar la solicitud para el momento en que el equipo técnico esté listo, pero también obliga a no pedirla antes de tener claro quién hará el trabajo.


El SIN recomienda aprovechar ese periodo para hacer las adecuaciones a tiempo y evitar interrupciones en la facturación. Para dudas, la entidad atiende en la línea gratuita 800-10-3444 y en el teléfono 2606060, de 08:00 a 16:30.


Qué cambia para una tienda, un restaurante o un distribuidor

Piense en una tienda de electrodomésticos de Santa Cruz que usa un sistema de facturación contratado. Su primera tarea es llamar al proveedor y preguntar si ya solicitó la Actualización V3, cuándo hará las pruebas y en qué fecha quedará operando la versión 3. Si el proveedor atiende a decenas de clientes, conviene asegurar un turno con anticipación.


Un restaurante de El Alto o de Cochabamba que emite muchas facturas pequeñas al día tiene otro reto: además del sistema, debe revisar cómo se verán sus comprobantes y si su personal de caja entiende el nuevo formato. Cuando el IVA aparece separado, los clientes pueden hacer preguntas, y un mesero o cajero bien informado evita confusiones.


Las empresas que desarrollaron su propio sistema de facturación, como puede ser el caso de cadenas medianas o importadoras con un área de tecnología interna, tienen la responsabilidad completa del proceso: deben asignar a un programador, descargar los archivos, solicitar la Actualización V3 y ejecutar las pruebas dentro del plazo. Para ellas, la recomendación es no solicitar la actualización hasta tener el desarrollo avanzado, porque los 30 días corren desde esa solicitud.


Para un distribuidor mayorista que vende a otras empresas, el cambio también toca la relación con sus clientes, que recibirán facturas con un nuevo formato y querrán verificar los montos en su contabilidad. Este tipo de ajuste se suma a otras novedades tributarias recientes en el país, como la exención de IVA para maquinaria, insumos y drones reglamentada este mes.


Condonación de deudas antiguas: ya se puede consultar en línea

La Ley 1733 no se limita a la facturación. Desde el 19 de octubre de 2026, según otra nota del SIN, las personas registradas con el antiguo RUC (el registro anterior al Número de Identificación Tributaria, NIT) o identificadas con su Cédula de Identidad pueden consultar en línea si sus deudas tributarias fueron condonadas.


De acuerdo con el SIN, con carácter general se condonan las deudas de periodos fiscales anteriores a enero de 2018, siempre que el tributo omitido acumulado al 31 de diciembre de 2017 sea inferior a Bs 10 millones, y también las deudas de la gestión 2020, sin importar el monto del tributo omitido. Cuando corresponde, el contribuyente puede ver, descargar o imprimir el “Auto de Conclusión por Condonación”.


La consulta se hace en www.impuestos.gob.bo, con el botón “Ley de Alivio Tributario: RUC – CI”, ingresando el número de RUC o de Cédula de Identidad y el código de control. Para las deudas de las gestiones 2018, 2019 y de 2021 a 2025, que no se condonan, el plazo para acogerse a la regularización se amplió hasta el 31 de diciembre de 2026 mediante el Decreto Supremo N.º 5708.


Lo que pueden aprender las pymes colombianas del IVA Transparente

En Colombia, la factura electrónica ya discrimina el IVA, pero cada cambio en el anexo técnico de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) obliga a las pymes y a sus proveedores de software a invertir tiempo y dinero. El caso boliviano deja dos prácticas que vale la pena observar: publicar el anexo final después de recoger aportes de los contribuyentes y fijar un periodo de pruebas definido, que empieza cuando la empresa lo solicita.


Para el empresario colombiano, la lección es práctica: mantener una relación cercana con el proveedor de facturación y saber qué versión del anexo técnico usa su sistema. Otros países de la región avanzan en la misma dirección, como muestra el caso de República Dominicana y su plazo para que las mipymes se sumen a la factura electrónica. En Bolivia, el ajuste llega además en un contexto de precios en alza, como contamos en la nota sobre la inflación de septiembre.


Lista de tareas para no quedarse sin facturar

Si su empresa factura en Bolivia, estas preguntas le ayudan a organizar las próximas semanas:


  • ¿Su proveedor de sistema ya revisó los archivos XML y XSD publicados en Documentos Fiscales Digitales?

  • ¿Quién solicitará la Actualización V3 y en qué fecha, para que los 30 días alcancen?

  • ¿Probó cómo se verá su factura con el IVA separado antes de usarla con clientes?

  • ¿Su personal de caja sabe explicar el nuevo formato a los compradores?

  • ¿Consultó si alguna deuda antigua de su empresa fue condonada o si debe regularizar antes del 31 de diciembre de 2026?


La actualización tiene un plazo corto, pero es manejable si se planifica. El SIN también habilitó otros trámites en línea, como la acreditación de la residencia fiscal de las empresas para aplicar los convenios para evitar la doble tributación, una señal de que la administración tributaria está trasladando más gestiones al canal digital. Revisar hoy el portal y hablar con el proveedor de facturación es la forma más sencilla de llegar a tiempo.


Fuente principal: Servicio de Impuestos Nacionales (SIN) de Bolivia, “Con aportes de contribuyentes, el SIN publica el Anexo Técnico final para facilitar la actualización de los sistemas de facturación”, publicado el 22 de octubre de 2026. Información complementaria: SIN, “Personas con antiguo RUC o CI ya pueden consultar en línea si sus deudas tributarias fueron condonadas”, publicado el 19 de octubre de 2026.


Preguntas frecuentes sobre el IVA Transparente en Bolivia

¿Qué es el IVA Transparente en Bolivia?

Es el nombre con el que se conoce la separación del IVA en las facturas, establecida en el marco de la Ley N.º 1733 de Alivio Tributario.


¿Qué publicó el SIN el 22 de octubre de 2026?

Publicó la versión final del Anexo Técnico de la Ley N.º 1733, con los cambios necesarios para separar el IVA en las facturas.


¿Qué contiene el anexo técnico?

Contiene estructuras de información, formatos, datos, reglas de validación y especificaciones para emitir, enviar y validar documentos fiscales.


¿Cuánto tiempo hay para actualizar el sistema de facturación?

Hay 30 días, contados desde que el contribuyente o el proveedor del sistema solicita la Actualización V3, para completar las pruebas y migrar a la versión 3.


¿Dónde se descargan los archivos técnicos?

En el apartado Documentos Fiscales Digitales del portal del SIN, que incluye los tipos de documentos por sector, sus formatos gráficos y los archivos XML y XSD.


¿Cuáles son los pasos para migrar a la versión 3?

Consultar Documentos Fiscales Digitales, solicitar la Actualización V3, iniciar las pruebas con los servicios habilitados y completar la actualización en 30 días.


¿Quién participó en la elaboración del anexo?

Según el SIN, el documento se construyó con aportes, observaciones y recomendaciones de contribuyentes de distintos sectores.


¿Qué deudas tributarias se condonan con la Ley 1733?

Con carácter general, las de periodos anteriores a enero de 2018 con tributo omitido acumulado inferior a Bs 10 millones y las de la gestión 2020 sin importar el monto.


¿Cómo se consulta si una deuda fue condonada?

En www.impuestos.gob.bo, con el botón Ley de Alivio Tributario: RUC – CI, ingresando el número de RUC o de Cédula de Identidad y el código de control.


¿Hasta cuándo se pueden regularizar las deudas de 2018, 2019 y 2021 a 2025?

Hasta el 31 de diciembre de 2026, según la ampliación dispuesta por el Decreto Supremo N.º 5708.


¿Dónde se pueden resolver dudas con el SIN?

En la línea gratuita 800-10-3444 o en el teléfono 2606060, de 08:00 a 16:30.


¿Qué pueden aprender las pymes colombianas de este proceso?

Que publicar el anexo final tras recoger aportes y fijar un periodo de pruebas definido facilita la adaptación, y que conviene saber qué versión del anexo usa su sistema de facturación.

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