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Cámara de Comercio de Armenia pide cuatro ajustes al apoyo a la nómina para empresas afectadas por el sismo

hace 5 horas
7 min de lectura

La Cámara de Comercio de Armenia y del Quindío pidió el 13 de octubre al Ministerio del Trabajo y al Fondo Milagro flexibilizar el programa de apoyo a la nómina del Decreto Legislativo 1417 de 2026, porque sus requisitos podrían dejar por fuera a empresas afectadas por el sismo del 10 de agosto.


La Cámara de Comercio de Armenia y del Quindío pidió el 13 de octubre de 2026 al Ministerio del Trabajo y al Fondo Milagro cuatro ajustes al programa de apoyo a la nómina creado por el Decreto Legislativo 1417 de 2026, porque, según la entidad, los requisitos actuales "podrían dejar por fuera a empresas afectadas por el sismo" del pasado 10 de agosto. Entre las propuestas están eliminar la inscripción individual de los trabajadores en el Registro Único de Damnificados (RUD), admitir a empleadores que cayeron en mora con la seguridad social después del sismo y permitir una sola postulación para los seis ciclos del programa. Para las pymes del Quindío que intentan sostener el empleo mientras se recuperan, estos cambios pueden marcar la diferencia entre recibir o no el apoyo.


Quién hizo la solicitud y a quién va dirigida

De acuerdo con la publicación de la Cámara de Comercio de Armenia y del Quindío, la solicitud está firmada por su presidente ejecutivo, Rodrigo Estrada Revéiz. Va dirigida a la ministra del Trabajo, Natalia Eugenia López Fuentes, y al gerente nacional del Fondo Milagro, Jaime Andrés Uribe Tamayo.


La Cámara pide revisar los requisitos de acceso al apoyo a la nómina con un argumento central: las condiciones fijadas para el programa podrían impedir que empresas que sí sufrieron los efectos del sismo reciban la ayuda. La entidad no plantea crear un programa nuevo, sino ajustar las reglas del existente para que llegue a quienes lo necesitan.


Este pedido se suma a otras medidas para la recuperación empresarial tras el terremoto que PYME NOTICIAS ha seguido, como las del Decreto 1418 para empresas afectadas por el terremoto.


Primer ajuste: certificar la planta de personal sin inscribir a cada trabajador en el RUD

La primera propuesta es "eliminar el requisito de inscripción individual de los trabajadores en el Registro Único de Damnificados (RUD)". En su lugar, la Cámara plantea que las empresas puedan certificar su planta de personal con vinculación laboral legal al momento del sismo.


La comunicación no detalla los obstáculos concretos que ha generado el requisito, pero la lógica de la propuesta es clara. El RUD es un registro pensado para personas y hogares damnificados, y exigir que cada empleado aparezca inscrito traslada a la empresa una carga que no depende de ella. Si un trabajador no se registró, o si su vivienda no sufrió daños aunque su lugar de trabajo sí, el empleador podría quedar fuera del apoyo por una razón ajena a su situación.


Piense en un restaurante del centro de Armenia con doce empleados cuyo local quedó averiado. Que el negocio pruebe con su planilla y sus contratos que esas doce personas trabajaban allí el 10 de agosto resulta más sencillo que verificar, uno por uno, la inscripción de cada trabajador en un registro de damnificados.


Segundo ajuste: no castigar la mora que llegó con el sismo

La segunda propuesta busca que puedan acceder los empleadores cuya mora en los aportes a la seguridad social haya comenzado después del 10 de agosto de 2026 como consecuencia del sismo. La Cámara también propone admitir a los empleadores con acuerdos de pago vigentes, bajo mecanismos que garanticen la normalización de los aportes correspondientes.


El razonamiento es que muchas empresas se atrasaron precisamente por el terremoto: con el local cerrado o las ventas paralizadas, el flujo de caja no alcanzó para pagar a tiempo los aportes. Si el programa excluye a quien está en mora, termina dejando por fuera a algunos de los negocios más golpeados.


Un caso típico sería el de un taller de confección del Quindío que pagaba puntualmente hasta agosto, perdió pedidos tras el sismo y se atrasó en septiembre. Con la regla actual, según la lectura de la Cámara, podría no calificar; con el ajuste propuesto, la mora posterior al sismo no sería un obstáculo, siempre que existan mecanismos para normalizar los aportes.


Tercer ajuste: una sola postulación para los seis ciclos

La tercera propuesta es una postulación única para los seis ciclos del programa, con verificación mensual automática de las condiciones a través de la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes (PILA), el sistema con el que los empleadores liquidan y pagan los aportes de seguridad social y parafiscales.


Según la Cámara, esto reduciría los trámites para los empleadores, para las entidades financieras y para el fondo encargado de administrar el apoyo. En la práctica, una pyme no tendría que repetir el trámite cada mes, y la verificación de que mantiene a sus trabajadores se haría con información que ya reporta.


Para un microempresario que es a la vez dueño, administrador y contador de su negocio, como el propietario de una ferretería o de una tienda de barrio, presentar seis solicitudes en seis meses representa horas que no dedica a reabrir y vender. La postulación única le quitaría ese peso.


Cuarto ajuste: diferir los aportes al SENA, al ICBF y a las cajas

La cuarta propuesta va más allá del programa de nómina. La Cámara pide gestionar ante el Gobierno nacional "el diferimiento, entre tres y seis meses y sin intereses" de los aportes parafiscales al Servicio Nacional de Aprendizaje (SENA), al Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF) y a las cajas de compensación familiar.


Los parafiscales son contribuciones que los empleadores pagan sobre la nómina para financiar estas entidades. Diferirlos no elimina la obligación, pero da un respiro de caja en los meses más difíciles de la recuperación.


Según la Cámara, esta medida requeriría una norma con fuerza de ley, dado el vencimiento del término del estado de emergencia, salvo que exista una prórroga. La comunicación no precisa la fecha de ese vencimiento.


Tres de cuatro cambios no necesitarían una ley

La Cámara sostiene que "tres de las cuatro propuestas pueden implementarse mediante ajustes a la reglamentación operativa". Aunque la comunicación no las enumera una por una, por la forma en que se presentan corresponden a los tres primeros ajustes: el cambio en el requisito del RUD, la admisión de la mora posterior al sismo y la postulación única con verificación por PILA. El diferimiento de parafiscales es la que exigiría una norma de mayor rango.


Este punto importa porque reduce el tiempo de respuesta posible. Un ajuste en las reglas operativas del programa puede tomar menos tiempo que una norma con fuerza de ley, y por eso la Cámara plantea que buena parte de la solución está al alcance del Ministerio del Trabajo y del Fondo Milagro. La comunicación oficial no incluye, por ahora, una respuesta de esas entidades.


Qué puede hacer hoy su empresa mientras se resuelve la solicitud

Mientras el Gobierno evalúa la petición, las pymes del Quindío y de otras zonas afectadas pueden prepararse para no perder oportunidades si las reglas cambian. Este es un chequeo práctico:


  • Reúna los contratos, la planilla PILA y los soportes que prueben qué trabajadores tenía vinculados el 10 de agosto de 2026.

  • Verifique si tiene mora en aportes, desde cuándo empezó y si puede firmar o mantener un acuerdo de pago.

  • Revise si ya presentó alguna postulación al programa y en qué ciclo va.

  • Consulte con la Cámara de Comercio de Armenia y del Quindío o con su contador si su caso encaja en los ajustes propuestos.

  • Explore, en paralelo, otras líneas de apoyo, como el crédito para la reconstrucción.



Para un empleador, conservar la nómina después de un desastre es tan importante como reparar el local, porque sin su equipo no puede volver a operar. La propuesta de la Cámara apunta a que el apoyo llegue a esas empresas sin trámites que las excluyan; tener la documentación lista le permitirá actuar rápido si los ajustes se aprueban. Puede consultar el detalle de la solicitud en la página de la Cámara de Comercio de Armenia.


Fuente principal: Cámara de Comercio de Armenia y del Quindío, "La Cámara de Comercio solicita al Ministerio de Trabajo y al Fondo Milagro ajustes al programa de apoyo a la nómina para empresas afectadas por el sismo", publicado el 13 de octubre de 2026.


Preguntas frecuentes sobre los ajustes al apoyo a la nómina por el sismo

¿Qué pidió la Cámara de Comercio de Armenia y del Quindío?

Pidió al Ministerio del Trabajo y al Fondo Milagro cuatro ajustes al programa de apoyo a la nómina del Decreto Legislativo 1417 de 2026. Según la entidad, los requisitos actuales podrían dejar por fuera a empresas afectadas por el sismo del 10 de agosto.


¿Qué norma creó el programa de apoyo a la nómina?

El programa se rige por el Decreto Legislativo 1417 de 2026 y, según la Cámara, contempla seis ciclos de apoyo.


¿Qué es el RUD y por qué se pide eliminar ese requisito?

El RUD es el Registro Único de Damnificados. La Cámara propone que las empresas certifiquen su planta de personal vinculada al momento del sismo, en lugar de exigir la inscripción individual de cada trabajador.


¿Pueden acceder empresas que están en mora con la seguridad social?

Con las reglas actuales podría haber restricciones. La Cámara propone admitir a empleadores cuya mora empezó después del 10 de agosto de 2026 por el sismo y a quienes tengan acuerdos de pago vigentes, con mecanismos que garanticen la normalización de los aportes.


¿Qué significa la postulación única para los seis ciclos?

Que la empresa se postule una sola vez y que el cumplimiento de condiciones se verifique cada mes de forma automática mediante la PILA. Así se reducirían los trámites para empleadores, entidades financieras y el fondo que administra el apoyo.


¿Qué es la PILA?

Es la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes, el sistema con el que los empleadores en Colombia liquidan y pagan los aportes a seguridad social y parafiscales.


¿Qué se propone sobre los aportes al SENA, el ICBF y las cajas de compensación?

La Cámara pide gestionar ante el Gobierno nacional que esos aportes se difieran entre tres y seis meses, sin intereses. Esta medida requeriría una norma con fuerza de ley.


¿Cuántas de las propuestas se pueden aplicar sin una ley?

Según la Cámara, tres de las cuatro propuestas pueden implementarse con ajustes a la reglamentación operativa. Solo el diferimiento de parafiscales necesitaría una norma con fuerza de ley.


¿Ya respondieron el Ministerio del Trabajo o el Fondo Milagro?

La comunicación de la Cámara, publicada el 13 de octubre de 2026, no incluye una respuesta de esas entidades. Conviene seguir sus canales oficiales.


¿Quién firmó la solicitud?

La firmó Rodrigo Estrada Revéiz, presidente ejecutivo de la Cámara de Comercio de Armenia y del Quindío. Está dirigida a la ministra del Trabajo, Natalia Eugenia López Fuentes, y al gerente nacional del Fondo Milagro, Jaime Andrés Uribe Tamayo.


¿Qué debe preparar una pyme mientras se decide la solicitud?

Debe reunir los soportes de los trabajadores vinculados el 10 de agosto de 2026, revisar su situación de aportes y consultar si su caso encaja en los ajustes. Tener la documentación lista le permitirá actuar rápido si cambian las reglas.

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