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Dueña de una pequeña distribuidora revisa sus cuentas con calculadora en el escritorio de su bodega.

IVA en Colombia para pymes: tarifas, quién es responsable y cómo declarar en 2026

hace 1 hora
5 min de lectura

Actualizado el 2 de noviembre de 2026. Esta guía resume las reglas del IVA para pymes y se revisa cuando cambian las normas o el calendario de la DIAN.

El IVA, o impuesto al valor agregado, es el impuesto que se cobra sobre la venta de bienes y servicios en Colombia. La tarifa general es 19 %, hay una tarifa reducida de 5 % y algunos productos están exentos o excluidos. Una pyme debe cobrarlo si es responsable de IVA, y en 2026 deja de serlo solo si es persona natural y sus ingresos gravados no llegan a $183.309.000, entre otros requisitos.

Las tarifas de IVA en 2026

Tipo

Tarifa

Qué significa

Ejemplos

General

19 %

Aplica a la mayoría de bienes y servicios

Ropa, electrodomésticos, restaurantes, asesorías, software

Diferencial

5 %

Tarifa reducida para algunos bienes y servicios

Medicina prepagada y planes complementarios de salud, café tostado

Exentos

0 %

No se cobra IVA, pero quien vende puede pedir devolución del IVA que pagó en sus compras

Exportaciones, carne y pescado frescos, huevos, leche, cuadernos escolares

Excluidos

No aplica

No se cobra IVA y el IVA de las compras no se recupera

Arriendo de vivienda, servicios médicos, educación, transporte público de pasajeros

La lista completa está en los artículos 424, 468-1, 476, 477 y 481 del Estatuto Tributario. Antes de facturar un producto nuevo, confirme con su contador en qué grupo queda: el error más común es cobrar IVA a algo excluido o no cobrarlo a algo gravado.

El decreto de emergencia económica de diciembre de 2025 (Decreto 1474) traía IVA de 19 % para los juegos de azar en línea y bajaba de 200 a 50 dólares el tope de las compras por envío exento. La Corte Constitucional declaró inexequible la emergencia el 9 de abril de 2026, así que esas medidas quedaron sin efecto, según Siempre al Día.

Quién es responsable de IVA

Toda persona jurídica (S.A.S., limitada, S.A.) que venda bienes o servicios gravados es responsable de IVA, salvo las excepciones del régimen simple que se explican abajo. Una persona natural, en cambio, puede ser no responsable si cumple todas estas condiciones en 2025 y 2026, según el parágrafo 3 del artículo 437 del Estatuto Tributario:

  1. Sus ingresos brutos por actividades gravadas son menores a 3.500 UVT: $183.309.000 en 2026, con la UVT de $52.374.

  2. Tiene como máximo un establecimiento de comercio, oficina o local.

  3. En ese establecimiento no opera una franquicia, concesión o regalía.

  4. No es usuario aduanero.

  5. No firmó contratos de venta o de servicios gravados por 3.500 UVT o más.

  6. Sus consignaciones, depósitos o inversiones por actividades gravadas no superan 3.500 UVT.

Quien presta servicios al Estado tiene un tope de 4.000 UVT ($209.496.000 en 2026). En el régimen simple, las tiendas pequeñas, minimercados, micromercados y peluquerías no son responsables de IVA, según Siempre al Día.

Qué debe hacer una pyme responsable de IVA

  • Inscribirse en el RUT con la responsabilidad 48 (impuesto sobre las ventas). La DIAN explica el trámite en su paso a paso de inscripción en el RUT.

  • Facturar electrónicamente y discriminar el IVA en cada factura. Si no tiene software, la DIAN ofrece la facturación electrónica gratuita, con firma digital incluida.

  • Llevar contabilidad con una cuenta para el IVA generado y otra para el descontable.

  • Declarar y pagar en el formulario 300, en los plazos de la DIAN. Se hace en los servicios en línea del portal de la DIAN.

Cómo se calcula el IVA que debe pagar

El IVA a pagar es el IVA que usted cobró en sus ventas (generado) menos el IVA que pagó en las compras y gastos de su negocio (descontable).

Un ejemplo: una confección vende $2.000.000 más IVA en el bimestre, así que cobra $380.000 de IVA. En el mismo periodo compró telas e insumos por $1.000.000 más $190.000 de IVA. Debe pagar a la DIAN $380.000 − $190.000 = $190.000.

Solo es descontable el IVA de compras relacionadas con la actividad gravada y soportadas con factura electrónica a nombre de la empresa.

Cada cuánto se declara: bimestral o cuatrimestral

Periodicidad

Quién

Periodos

Bimestral

Grandes contribuyentes y responsables con ingresos brutos de 2025 iguales o superiores a 92.000 UVT ($4.581.508.000 con la UVT de 2025)

Seis al año: enero-febrero, marzo-abril, mayo-junio, julio-agosto, septiembre-octubre y noviembre-diciembre

Cuatrimestral

Responsables con ingresos de 2025 menores a 92.000 UVT

Tres al año: enero-abril, mayo-agosto y septiembre-diciembre

Anual

Contribuyentes del régimen simple

Una declaración consolidada

Para saber su periodicidad se suman los ingresos gravados y exentos, no los excluidos.

Próximos vencimientos

Según el último dígito del NIT, de acuerdo con el calendario publicado por Siempre al Día:

Último dígito

Bimestral septiembre-octubre

Bimestral noviembre-diciembre

Cuatrimestral septiembre-diciembre

1

11 de noviembre de 2026

13 de enero de 2027

13 de enero de 2027

2

12 de noviembre

14 de enero

14 de enero

3

13 de noviembre

15 de enero

15 de enero

4

17 de noviembre

18 de enero

18 de enero

5

18 de noviembre

19 de enero

19 de enero

6

19 de noviembre

20 de enero

20 de enero

7

20 de noviembre

21 de enero

21 de enero

8

23 de noviembre

22 de enero

22 de enero

9

24 de noviembre

25 de enero

25 de enero

0

25 de noviembre

26 de enero

26 de enero

Sanciones más frecuentes

  • Declarar tarde: 5 % del impuesto a cargo por cada mes o fracción de retraso, con una sanción mínima de 10 UVT ($523.740 en 2026).

  • No declarar: la DIAN puede liquidar el impuesto y cobrar una sanción mayor.

  • Inexactitud: cuando se declara menos IVA del que correspondía, la sanción general es el 100 % de la diferencia.

Preguntas frecuentes

¿Cuál es la tarifa del IVA en Colombia?

La general es 19 %. Hay una tarifa diferencial de 5 % y bienes exentos (0 %) y excluidos, que no pagan IVA.

¿Quién no es responsable de IVA en 2026?

La persona natural con ingresos gravados menores a 3.500 UVT ($183.309.000) que cumple los demás requisitos del artículo 437 del Estatuto Tributario, como tener un solo local y no ser usuaria aduanera. Las sociedades que venden bienes o servicios gravados son responsables, salvo las excepciones del régimen simple.

¿Cuál es la diferencia entre exento y excluido?

En los dos casos el cliente no paga IVA. La diferencia está en el vendedor: con un bien exento puede pedir devolución del IVA que pagó en sus compras; con uno excluido, no.

¿Cada cuánto se declara el IVA?

Cada dos meses si sus ingresos del año anterior fueron de 92.000 UVT o más, o si es gran contribuyente; cada cuatro meses en los demás casos. Quien está en el régimen simple declara una vez al año.

¿Qué pasa si declaro el IVA tarde?

Paga una sanción del 5 % del impuesto por cada mes o fracción de retraso, con un mínimo de 10 UVT, más los intereses de mora.

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