Perú abre a consulta pública el reglamento general de finanzas abiertas de la SBS
La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP del Perú publicó en El Peruano la Resolución SBS N.° 02433-2026, que somete a comentarios el proyecto de Reglamento General del Sistema de Finanzas Abiertas durante 18 días calendario.
La Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones del Perú (SBS) autorizó la difusión en consulta pública del proyecto normativo que aprueba el Reglamento General del Sistema de Finanzas Abiertas, mediante la Resolución SBS N.° 02433-2026, firmada en Lima el 2 de octubre de 2026 y publicada el 5 de octubre de 2026 en el diario oficial El Peruano. Cualquier persona o empresa puede enviar comentarios y observaciones a la SBS durante 18 días calendario, contados desde el día siguiente a la publicación. El tema importa a las micro y pequeñas empresas (mypes) y a las pymes de la región porque las finanzas abiertas giran alrededor de un principio que la propia SBS pone por escrito: el control de los usuarios sobre sus datos financieros.
El texto completo de la Resolución SBS N.° 02433-2026 está disponible en la sección de normas legales de El Peruano, el diario oficial del Estado peruano. La resolución lleva la firma de Sergio Javier Espinosa Chiroque, superintendente de Banca, Seguros y AFP.
Lo que autorizó la SBS con la Resolución 02433-2026
La resolución es corta y tiene dos artículos. El artículo primero autoriza la difusión en consulta pública del proyecto normativo que aprueba el Reglamento General del Sistema de Finanzas Abiertas en la Sede Digital de la SBS, es decir, en su portal www.sbs.gob.pe. El artículo segundo fija el plazo para que el público remita comentarios y observaciones a la Superintendencia: 18 días calendario, contados desde el día siguiente de la fecha de publicación en El Peruano.
Conviene precisar lo que la resolución no hace. No aprueba todavía el reglamento ni lo pone en vigencia. Lo que hace es abrir una etapa de participación antes de que la norma se expida. El texto de la resolución tampoco reproduce el contenido del proyecto de reglamento: ese documento se consulta en la Sede Digital de la SBS.
Qué regulará el futuro reglamento de finanzas abiertas
Aunque la resolución no detalla el articulado del proyecto, sí explica en sus considerandos para qué se necesita. La SBS considera necesario emitir disposiciones generales que regulen la implementación y el funcionamiento del Sistema de Finanzas Abiertas, incluidos los mecanismos de gobernanza, el alcance de los datos y servicios comprendidos, las condiciones de participación, el acceso, el intercambio y el tratamiento de la información, y el control de los usuarios sobre sus datos.
Cada uno de esos elementos tiene una lectura práctica. La gobernanza define quién toma las decisiones del sistema y cómo se coordinan las entidades. El alcance de los datos y servicios determina qué información entra en el esquema. Las condiciones de participación establecen qué entidades pueden sumarse y con qué requisitos. Las reglas de acceso, intercambio y tratamiento fijan cómo se mueve la información y cómo se protege. El control de los usuarios establece que es la persona o la empresa titular de los datos la que decide.
Para una mype, este último punto es el más relevante. En un esquema de finanzas abiertas, la historia financiera de un negocio deja de estar encerrada en la entidad donde tiene su cuenta y puede, con autorización del titular, ser consultada por otras entidades. Cuáles datos, en qué condiciones y con qué tipo de consentimiento lo dirá el texto final del reglamento.
El fundamento legal: participación antes de expedir la norma
La SBS sustenta la consulta en varias normas que cita en sus considerandos. Recuerda que regula, supervisa y fiscaliza a las entidades de los sistemas financiero, de seguros y privado de pensiones, conforme a la Ley N.° 26702 y sus modificatorias. Luego invoca la Trigésima Segunda Disposición Final y Complementaria de esa misma ley, que establece disposiciones sobre la publicación de proyectos normativos.
La resolución añade que esa obligación concuerda con el artículo IV del Título Preliminar de la Ley N.° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, que recoge el principio de participación de los administrados en el proceso de decisiones públicas, y con el Decreto Supremo N.° 009-2024-JUS. En la práctica, como se lee en la resolución publicada en El Peruano, este marco busca que los proyectos normativos se conozcan antes de aprobarse, para que los interesados puedan opinar.
El plazo de 18 días calendario: cómo y hasta cuándo opinar
Según el artículo segundo de la resolución, los comentarios y observaciones se remiten a la SBS dentro de los 18 días calendario siguientes a la publicación. Como la resolución apareció en El Peruano el 5 de octubre de 2026 y el plazo se cuenta desde el día siguiente, el cómputo de los 18 días calendario, según el cálculo de PYME NOTICIAS (la resolución no fija una fecha de cierre), termina el 23 de octubre de 2026.
El proyecto está publicado en la Sede Digital de la SBS. La resolución no menciona un correo electrónico específico para enviar comentarios, de modo que quien quiera participar debe consultar el procedimiento indicado en el portal de la Superintendencia.
Para un gremio de comerciantes, una asociación de emprendedores o una empresa de tecnología financiera, esta es la ventana para pedir que el reglamento tenga en cuenta las necesidades de los negocios pequeños, por ejemplo en la forma de otorgar y revocar el consentimiento o en el tipo de información que se pueda compartir.
Por qué las finanzas abiertas interesan a las mypes
Las finanzas abiertas parten de una idea sencilla: los datos financieros pertenecen a su titular, y este puede decidir compartirlos con otras entidades para obtener mejores servicios. Para un negocio pequeño, esto puede marcar la diferencia cuando busca crédito o compara productos financieros.
Piense en una bodega de barrio que recibe pagos digitales todos los días, en un taller de confecciones que cobra a sus clientes por transferencia o en un restaurante que vende con tarjeta. Esos negocios generan un rastro de movimientos que dice mucho de su capacidad de pago. Si el reglamento final permite que el titular autorice compartir esa información, otra entidad podría evaluarla al estudiar una solicitud. Ese efecto dependerá del contenido final de la norma y de cómo se implemente; por ahora, lo que existe es un proyecto en consulta.
Entre los temas que la SBS anuncia regular figura el control de los usuarios sobre sus datos. Si ese principio se concreta, para una empresa implicará responsabilidad: saber qué autoriza, a quién y por cuánto tiempo, así como revisar periódicamente los permisos otorgados.
Una pieza más en la agenda de pagos y datos del Perú
La consulta sobre finanzas abiertas no llega aislada. PYME NOTICIAS reseñó recientemente el reglamento del Banco Central de Reserva del Perú sobre la aceptación de pagos en los comercios, otra norma que toca directamente la forma en que los negocios cobran. Ambas iniciativas apuntan a un mismo terreno: la información y los pagos digitales de los negocios.
Qué pueden aprender las pymes colombianas del proceso peruano
Colombia también avanza en la digitalización de los pagos y en el uso de los datos financieros. PYME NOTICIAS ha explicado, por ejemplo, cómo los comercios pueden recibir pagos con Bre-B mediante códigos QR y su código de establecimiento. El caso peruano deja varias enseñanzas útiles para los empresarios colombianos.
La primera es que las reglas sobre datos financieros se definen en procesos de consulta pública, y que esos procesos son la oportunidad para que los negocios pequeños se hagan oír. Si las pymes no participan, las reglas se construyen con la voz de las grandes entidades.
La segunda es que el valor de las finanzas abiertas para una empresa depende de que tenga datos ordenados. Un negocio que cobra en efectivo y no registra sus ventas tendrá poco que mostrar, aunque el sistema le permita compartir su información.
La tercera es que el consentimiento es un asunto de gestión, no solo de tecnología. Autorizar el uso de los datos del negocio es una decisión que debe tomar alguien que entienda qué se comparte y con qué propósito.
Este chequeo práctico ayuda a prepararse, en Perú o en Colombia:
Concentre sus cobros en canales digitales que dejen registro, como transferencias, códigos QR o datáfonos.
Separe las cuentas del negocio de las cuentas personales del dueño.
Revise cada mes sus extractos y conserve un histórico de al menos un año.
Antes de autorizar el acceso a sus datos, pregunte qué información se compartirá, con quién y por cuánto tiempo.
Siga los proyectos de norma de su supervisor financiero y, si le afectan, envíe comentarios directamente o a través de su gremio.
El proceso peruano está en una etapa temprana y el texto definitivo todavía puede cambiar. Para una pyme, lo útil es entender la dirección del cambio y preparar sus datos desde ya, de modo que, cuando el sistema funcione, tenga una historia financiera que mostrar.
Fuente principal: Superintendencia de Banca, Seguros y AFP del Perú (SBS), Resolución SBS N.° 02433-2026, que autoriza la difusión en consulta pública del proyecto normativo que aprueba el Reglamento General del Sistema de Finanzas Abiertas, expedida en Lima el 2 de octubre de 2026 y publicada en el diario oficial El Peruano el 5 de octubre de 2026.
Preguntas frecuentes sobre el reglamento de finanzas abiertas en Perú
¿Qué publicó la SBS del Perú el 5 de octubre de 2026?
Publicó en El Peruano la Resolución SBS N.° 02433-2026, que autoriza la consulta pública del proyecto de Reglamento General del Sistema de Finanzas Abiertas.
¿Qué es la SBS?
Es la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones del Perú, que regula, supervisa y fiscaliza a las entidades de los sistemas financiero, de seguros y privado de pensiones.
¿Ya está vigente el reglamento de finanzas abiertas?
No. La resolución solo autoriza la difusión del proyecto para recibir comentarios. El reglamento aún debe aprobarse.
¿Cuánto tiempo hay para enviar comentarios?
El plazo es de 18 días calendario contados desde el día siguiente a la publicación en El Peruano. Con la publicación del 5 de octubre de 2026, el plazo se cumpliría el 23 de octubre de 2026, según el cálculo de PYME NOTICIAS; la resolución no indica una fecha de cierre.
¿Dónde se puede consultar el proyecto de reglamento?
En la Sede Digital de la SBS, en el portal www.sbs.gob.pe, según el artículo primero de la resolución.
¿Qué temas regulará el reglamento?
Según los considerandos, la gobernanza del sistema, el alcance de los datos y servicios, las condiciones de participación, el acceso, intercambio y tratamiento de la información, y el control de los usuarios sobre sus datos.
¿Quién firmó la resolución?
La firmó Sergio Javier Espinosa Chiroque, superintendente de Banca, Seguros y AFP, en Lima el 2 de octubre de 2026.
¿En qué normas se basa la consulta pública?
En la Trigésima Segunda Disposición Final y Complementaria de la Ley N.° 26702, sobre publicación de proyectos normativos, en concordancia con la Ley N.° 27444 del Procedimiento Administrativo General y el Decreto Supremo N.° 009-2024-JUS.
¿Por qué las finanzas abiertas interesan a una mype?
Porque buscan que el titular controle sus datos financieros y pueda decidir compartirlos. Si la norma final lo permite, un negocio podría usar su historia de pagos para acceder a otros servicios financieros.
¿Puede una empresa opinar sobre el proyecto?
Sí. La resolución permite que el público en general remita comentarios y observaciones a la SBS dentro del plazo de 18 días calendario.
¿Qué puede aprender una pyme colombiana del caso peruano?
Que conviene ordenar desde ya los datos financieros del negocio, entender qué se autoriza al compartirlos y participar en las consultas de normas que lo afecten.

Comentarios