
Air-e ya cobra recargo a quienes superen su meta de consumo de energía
Air-e Intervenida informó que terminó la etapa pedagógica del programa de ahorro de la CREG y que desde la facturación de octubre aplica cobros por consumo superior al 110% de la meta. Comercios e industrias regulados tienen el factor más alto: 1,70.
Air-e Intervenida, la empresa que presta el servicio de energía en Atlántico, Magdalena y La Guajira, informó el 1 de octubre de 2026 desde Barranquilla que terminó la etapa pedagógica del programa transitorio de incentivos al ahorro de energía de la Comisión de Regulación de Energía y Gas (CREG) y que, desde la facturación de octubre, se aplican incentivos o cobros adicionales según el consumo de cada usuario frente a su meta individual. Quien consuma más del 110% de su meta pagará un adicional sobre ese excedente, y para los usuarios comerciales e industriales regulados el factor de cobro es el más alto del esquema: 1,70. Para tiendas, restaurantes, panaderías y talleres del Caribe que dependen del aire acondicionado y la refrigeración, revisar la meta que aparece en la factura es ahora una tarea urgente.
Qué anunció Air-e Intervenida sobre la facturación de octubre
En su noticia sobre el programa de incentivos de la CREG, Air-e Intervenida explicó que el programa se desarrolla en dos momentos. La primera fase comenzó el 1 de septiembre de 2026 y se dedicó a socializar las metas de consumo individual; los cobros de esa etapa inicial no se aplicarán.
La segunda fase, que incluye la facturación de octubre, ya contempla incentivos o cobros adicionales. La empresa presenta el programa como una herramienta para enfrentar los efectos del fenómeno de El Niño y recomienda a los usuarios consumir solo la energía necesaria. Según Air-e, el programa dura seis meses.
Las tres franjas: incentivo, neutralidad y cobro
Cada mes, el consumo facturado se compara con la meta individual del usuario. De acuerdo con Air-e Intervenida, el resultado cae en una de tres franjas:
Si el consumo está por debajo del 90% de la meta, el usuario puede recibir un incentivo en su factura al final del programa.
Si el consumo está entre el 90% y el 110% de la meta, no hay cobro adicional ni beneficio.
Si el consumo supera el 110% de la meta, se cobra un adicional, pero solo sobre la energía que excede ese límite y no sobre todo el consumo del mes.
Este último punto es importante para los negocios: un comercio que se pase un poco de su meta no paga recargo sobre toda su factura, sino únicamente sobre los kilovatios hora que superen el 110%.
El factor de 1,70 para comercios e industrias
Las reglas del programa están en la Resolución CREG 101 120 de 2026, "Por la cual se establece un programa transitorio de incentivos al uso eficiente de energía eléctrica". La CREG la expidió el 30 de julio de 2026 y fue publicada en el Diario Oficial No. 53.575 del 3 de agosto de 2026.
La resolución fija factores de cobro distintos según el tipo de usuario: 1,30 para los residenciales de estratos 1, 2 y 3; 1,50 para los residenciales de estratos 4, 5 y 6, y 1,70 para los usuarios comerciales e industriales regulados. El cobro se valora por la diferencia entre la tarifa que resulta de aplicar el factor y la tarifa regulada de referencia, y se aplica solo al consumo que supere el 110% de la meta del ciclo.
La norma también pone un tope: el cobro no puede superar el valor del consumo excedente calculado con el Costo Incremental Operativo de Racionamiento (CRO) del estrato 4 que publica la Unidad de Planeación Minero Energética (UPME).
En otras palabras, el comercio y la industria regulados enfrentan el factor más alto del esquema, lo que hace más costoso para ellos cada kilovatio hora consumido por encima del límite.
Cómo se calcula la meta individual de su negocio
Según la Resolución CREG 101 120, la meta se basa en el historial de consumo de cada usuario. El periodo de referencia son los doce meses anteriores a la entrada en vigencia de la resolución, y la meta diaria corresponde a la mediana de los consumos promedio diarios de los ciclos completos facturados en ese periodo. Se excluyen los ciclos con consumo cero o estimado.
Para tener meta propia, el usuario necesita ciclos que sumen al menos 180 días. Si no cumple ese requisito, por ejemplo un local que abrió hace pocos meses, se le asigna una meta de referencia: la mediana de su categoría de comparación. La meta del ciclo se obtiene multiplicando la meta diaria por el número de días del ciclo.
La resolución exige que la meta individual del ciclo aparezca en la factura u otros medios individualizados. Air-e, por su parte, habilitó un portal para consultar la meta diaria de consumo, disponible para usuarios de Atlántico, Magdalena y La Guajira; así lo detalla la información publicada por Air-e Intervenida.
Quiénes quedan por fuera del programa
Air-e Intervenida enumeró varias categorías excluidas de cobros o beneficios. Entre ellas están los usuarios con prepago o con servicio suspendido, los consumos no medidos, los hospitales, los colegios, los municipios afectados por el sismo del 10 de agosto de 2026 según la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres (UNGRD), los organismos de emergencia, los establecimientos penitenciarios, las entidades públicas y los autogeneradores con fuentes no convencionales de energía renovable.
Los usuarios con condiciones médicas que requieran equipos eléctricos de uso permanente pueden pedir su exclusión por WhatsApp, a través de la línea AVA (313) 4300000, con certificados e historias clínicas. La empresa tiene cinco días hábiles para responder después de validar la documentación.
Para los negocios, la exclusión de autogeneradores es relevante: los autogeneradores con fuentes no convencionales de energía renovable, como los paneles solares, no entran en el esquema de cobros ni de beneficios, según la información de Air-e.
Qué significa para tiendas, restaurantes y talleres del Caribe
En la región Caribe el calor eleva el consumo de energía durante buena parte del año. Para muchos negocios, el aire acondicionado y la refrigeración no son un lujo sino una condición para operar.
Una tienda de barrio en Soledad con dos congeladores y un enfriador de bebidas, un restaurante en Santa Marta con cocina caliente y comedor climatizado o una panadería en Riohacha con hornos y neveras pueden ver cómo su consumo se dispara en los días más calurosos. Si ese consumo supera el 110% de la meta calculada con su historial, el excedente se cobrará con el factor de 1,70.
Lo mismo aplica a talleres de metalmecánica, lavanderías, peluquerías con secadores y equipos de climatización, o pequeñas fábricas de hielo y de alimentos. Un negocio que haya crecido en el último año, por ejemplo con una nevera adicional o más horas de atención, debe revisar con especial cuidado si su meta, basada en un consumo pasado, le queda corta.
La otra cara es el incentivo. Los negocios que logren consumir por debajo del 90% de su meta podrán recibir un beneficio, financiado con lo que pagan quienes se exceden. La CREG establece que los recursos de cada bolsa se destinan exclusivamente a los usuarios beneficiarios del mismo comercializador y mercado.
Chequeo práctico para no pagar recargo
Estas recomendaciones son orientación general; para casos concretos consulte directamente con Air-e Intervenida:
Busque en su factura de octubre la meta individual del ciclo y compárela con su consumo.
Consulte su meta diaria en el portal de Air-e para controlar el consumo durante el mes.
Revise si su cuenta está clasificada como comercial, industrial o residencial, porque de eso depende el factor de cobro.
Programe el aire acondicionado a temperaturas moderadas y haga mantenimiento a los equipos de refrigeración.
Apague equipos, avisos luminosos y luces fuera del horario de atención.
Si la meta o la facturación tienen un error, presente una petición o reclamo ante la empresa.
Sobre el último punto, la Resolución CREG 101 120 indica que las peticiones, quejas y reclamos del programa se tramitan conforme al régimen de la Ley 142 de 1994, y que la meta solo se corrige por error de medición, facturación o información.
Alternativas de ahorro a mediano plazo
El programa durará seis meses según Air-e, aunque la resolución de la CREG permite prorrogarlo si persisten las condiciones que lo justifican. Por eso, además de los ajustes inmediatos, vale la pena pensar en soluciones de más largo aliento.
En Barranquilla, PYME NOTICIAS reseñó una comunidad energética con paneles solares en el barrio Las Gardenias, y en Neiva, el caso de una fábrica de arepas que instaló paneles solares con apoyo de Fenoge. Son ejemplos de cómo la autogeneración puede reducir la dependencia de la red. También conviene seguir la evolución del mercado, como lo explica la nota sobre el precio de la energía en bolsa y los contratos de las pymes.
Para el comerciante del Caribe, el mensaje es sencillo: desde octubre, cada kilovatio hora por encima del 110% de la meta cuesta más. Conocer la meta, vigilar el consumo y corregir a tiempo es la forma más directa de proteger el margen del negocio durante El Niño.
Fuente principal: Air-e Intervenida, "Air-e Intervenida sigue promoviendo programa de incentivos de la CREG para garantizar ahorro de energía", publicado el 1 de octubre de 2026. Información complementaria: Comisión de Regulación de Energía y Gas (CREG), Resolución CREG 101 120 de 2026, "Por la cual se establece un programa transitorio de incentivos al uso eficiente de energía eléctrica", publicada en el Diario Oficial el 3 de agosto de 2026.
Preguntas frecuentes sobre el recargo por consumo de energía de Air-e
¿Desde cuándo se aplican los cobros del programa de ahorro en Air-e?
Según Air-e Intervenida, desde la facturación de octubre de 2026, cuando comenzó la segunda fase del programa. Los cobros de la etapa pedagógica, iniciada el 1 de septiembre, no se aplican.
¿Cuándo se cobra un adicional por consumo de energía?
Cuando el consumo del usuario supera el 110% de su meta individual. El adicional se cobra solo sobre la energía que excede ese límite.
¿Qué pasa si consumo entre el 90% y el 110% de mi meta?
No hay cobro adicional ni beneficio. Es la franja neutral del programa.
¿Cómo obtengo el incentivo por ahorrar energía?
Consumiendo por debajo del 90% de su meta individual. Air-e indica que el incentivo puede llegar en la factura al final del programa.
¿Cuál es el factor de cobro para comercios e industrias?
La Resolución CREG 101 120 de 2026 fija un factor de 1,70 para los usuarios comerciales e industriales regulados, el más alto del esquema.
¿Qué factores aplican a los hogares?
El factor es 1,30 para los estratos 1, 2 y 3 y 1,50 para los estratos 4, 5 y 6, según la resolución de la CREG.
¿Cómo se calcula la meta de consumo?
Con la mediana de los consumos promedio diarios de los ciclos facturados en los doce meses anteriores a la vigencia de la resolución, excluyendo ciclos con consumo cero o estimado.
¿Qué pasa si mi negocio es nuevo y no tiene historial?
Si los ciclos no suman al menos 180 días, se asigna una meta de referencia equivalente a la mediana de la categoría de comparación del usuario.
¿Dónde consulto mi meta de consumo?
En la factura y en el portal de consulta de meta diaria que Air-e habilitó para usuarios de Atlántico, Magdalena y La Guajira.
¿Quiénes están excluidos del programa?
Entre otros, usuarios prepago o con servicio suspendido, hospitales, colegios, entidades públicas, autogeneradores con fuentes renovables no convencionales y municipios afectados por el sismo del 10 de agosto de 2026.
¿Cuánto dura el programa de ahorro?
Air-e informa que dura seis meses. La resolución de la CREG permite prorrogarlo por periodos de hasta seis meses o terminarlo anticipadamente.
¿Puedo reclamar si creo que mi meta está mal?
Las peticiones y reclamos se tramitan según la Ley 142 de 1994, y la meta solo se corrige por error de medición, facturación o información.




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