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Decreto 1490 elimina el tope del 30% a las inversiones de los fondos de pensiones en el exterior

13 oct
7 min de lectura

El Ministerio de Hacienda informó que el Decreto 1490 de 2026 elimina el límite global fijado en abril por el Decreto 369, aunque se mantienen los límites por tipo de activo y las reglas prudenciales.


El Gobierno Nacional expidió el Decreto 1490 de 2026, que elimina el límite global del 30% que tenían los fondos de pensiones obligatorias para invertir en activos del exterior. Así lo informó el Ministerio de Hacienda y Crédito Público en un comunicado del 7 de octubre. Ese tope había sido fijado en abril de 2026 por el Decreto 369, que obligaba a reducir de manera progresiva la inversión fuera del país y a dirigir las nuevas cotizaciones hacia inversiones nacionales. Para las pymes el cambio importa por dos vías: los fondos de pensiones son de los mayores inversionistas del mercado de capitales colombiano, donde se financian empresas y entidades, y administran el ahorro obligatorio de los trabajadores que cada empleador ayuda a construir con sus aportes.


El decreto no cambia cuánto cotizan empleadores y trabajadores ni las reglas de afiliación. Lo que modifica es el régimen de inversión, es decir, las reglas que definen en qué pueden invertir las administradoras el dinero de sus afiliados. Entender ese cambio ayuda a leer lo que puede venir en el costo y la disponibilidad de financiación en el mercado local.


Qué cambia con el Decreto 1490 de 2026

Según el comunicado de MinHacienda, la norma "elimina el límite global del 30 % para las inversiones en activos del exterior" de los fondos de pensiones obligatorias. La medida actualiza el marco del Decreto 2555 de 2010, la norma que reúne buena parte de la regulación del sistema financiero, y amplía las alternativas de inversión de las administradoras de fondos de pensiones (AFP), tanto en Colombia como en mercados internacionales.


Las AFP son las entidades privadas que reciben y administran las cotizaciones de los afiliados al régimen de ahorro individual. Su tarea es invertir ese dinero para que crezca hasta el momento de la pensión, dentro de las reglas que fija el Gobierno y bajo la supervisión de la Superintendencia Financiera.


De dónde venía el tope del 30%

El límite global lo había establecido el Decreto 369 de 2026, expedido en abril de este año durante el gobierno del presidente Gustavo Petro. Según MinHacienda, esa norma obligaba a reducir progresivamente la inversión en activos del exterior y a dirigir las nuevas cotizaciones hacia inversiones nacionales.


El actual Gobierno presenta aquella regla como una restricción a la diversificación. De acuerdo con el comunicado, tras una evaluación técnica se concluyó que un mismo límite para todos los portafolios podía reducir la diversificación y "limitar la adecuada aplicación del esquema de multifondos previsto en la legislación colombiana".


El esquema de multifondos permite que el ahorro de cada afiliado se invierta en portafolios con distintos niveles de riesgo, según su edad y su perfil. Un fondo para personas jóvenes puede asumir más riesgo en busca de mayor rentabilidad, mientras que uno para personas próximas a pensionarse debe ser más conservador. Un tope único del 30% para todos impedía, según el Gobierno, diferenciar esas estrategias.


Lo que no cambia: límites por activo y reglas prudenciales

MinHacienda insiste en que la medida no deja a las AFP sin reglas. "Esto no significa que las AFP puedan invertir sin restricciones", señala el comunicado. Se mantienen los límites específicos por tipo de activo, los estándares prudenciales y las exigencias de gestión integral de riesgos.


El ministerio también afirma que el decreto "no modifica los estándares de seguridad, liquidez ni gestión de riesgos" y que "se mantienen las reglas de protección de los recursos". El principio de fondo, según el texto, es que "los recursos administrados por las AFP son propiedad de los afiliados", por lo que la prioridad es su protección, diversificación y gestión responsable.


Entre los beneficios que enumera el Gobierno están más herramientas para buscar una mejor relación entre rentabilidad y riesgo, mayor diversificación por mercados, sectores, monedas y tipos de activos, y mayor flexibilidad según el objetivo de cada fondo.


Por qué un decreto de pensiones le importa a una pyme

A primera vista, el régimen de inversión de las AFP parece un tema lejano para un taller, una tienda o una empresa de servicios. Pero los fondos de pensiones son compradores habituales de bonos, acciones, títulos de deuda pública y certificados de depósito a término (CDT) en el mercado local. Cuando un inversionista de ese tamaño tiene más o menos espacio para comprar activos en Colombia, el efecto se transmite al costo del dinero.


El Decreto 369 buscaba que más cotizaciones se quedaran en el país. Con el Decreto 1490, las AFP recuperan margen para invertir afuera si lo consideran conveniente. El comunicado no fija montos, nuevos sublímites ni plazos de transición, y tampoco estima cuánto dinero podría moverse, por lo que cualquier efecto sobre el mercado local dependerá de las decisiones que tomen las administradoras dentro de los límites que siguen vigentes.


Para una mediana empresa que haya pensado en emitir bonos o acciones, por ejemplo una agroindustria que necesita financiar una planta o una empresa de logística que quiere ampliar su flota, la profundidad del mercado de capitales es relevante: entre más inversionistas institucionales haya dispuestos a comprar títulos locales, más fácil es que aparezcan alternativas al crédito bancario tradicional.


El ahorro de sus trabajadores y la rentabilidad de largo plazo

La segunda vía es más directa. Cada mes, el empleador que paga la seguridad social de su equipo hace aportes a pensión, y una parte de los trabajadores está afiliada a fondos privados. La rentabilidad que obtengan esas inversiones determina, en buena medida, cuánto ahorro tendrá cada persona al momento de pensionarse.


El argumento del Gobierno es que diversificar entre países, monedas y sectores permite reducir riesgos concentrados en una sola economía. La lógica del Decreto 369, según lo describe el propio comunicado, era que una mayor parte de las nuevas cotizaciones se invirtiera dentro del país. El Decreto 1490 resuelve esa tensión a favor de la diversificación, con las salvaguardas que el ministerio dice mantener.


Para el dueño de un restaurante, una ferretería o una empresa de software con empleados afiliados a fondos privados, el cambio no exige ningún trámite. Pero es un buen momento para que el área de talento humano entienda cómo funciona el sistema y pueda responder con información clara las preguntas de su equipo.


Qué revisar en su empresa tras el cambio

Aunque el decreto no impone obligaciones nuevas a los empleadores, hay algunas preguntas útiles para la gerencia:


  • ¿Sus aportes a pensión se liquidan y pagan a tiempo a través de la planilla de seguridad social?

  • ¿Su equipo sabe en qué fondo y en qué tipo de portafolio está su ahorro, y que puede consultarlo con su administradora?

  • ¿Su empresa depende solo del crédito bancario o podría explorar, a mediano plazo, otras fuentes como el mercado de valores?

  • ¿Sigue de cerca las decisiones del Banco de la República y del Ministerio de Hacienda que afectan el costo del dinero?


Señales a seguir en los próximos meses

El efecto real del Decreto 1490 se verá en las decisiones de las administradoras y en los datos de composición de los portafolios que publica la Superintendencia Financiera. También será clave observar el comportamiento del crédito, que según el comité de seguimiento al sistema financiero se viene desacelerando, y las decisiones de tasas de interés del Banco de la República.


En la región, el debate sobre el ahorro pensional tampoco es exclusivo de Colombia. En Perú, por ejemplo, la Cámara de Comercio de Lima rechazó un nuevo retiro de fondos de las AFP y pidió en su lugar créditos con garantía estatal para las mypes, una muestra de cómo las decisiones sobre los fondos de pensiones terminan cruzándose con la financiación de las pequeñas empresas.


Para el empresario colombiano, la lección práctica es que las reglas del ahorro pensional y las del mercado de capitales están conectadas con su acceso a financiación y con el bienestar de su equipo. Seguir estos cambios desde la fuente, como el comunicado oficial del Ministerio de Hacienda, permite anticipar movimientos antes de que se sientan en la tasa de un crédito o en la conversación con los trabajadores.


Fuente principal: Ministerio de Hacienda y Crédito Público, "Gobierno Nacional expide Decreto que elimina el límite del 30% a las inversiones de los fondos de pensiones en el exterior", publicado el 7 de octubre de 2026.


Preguntas frecuentes sobre el Decreto 1490 y los fondos de pensiones

¿Qué establece el Decreto 1490 de 2026?

Elimina el límite global del 30% que tenían los fondos de pensiones obligatorias para invertir en activos del exterior, según el Ministerio de Hacienda.


¿Qué norma había fijado el tope del 30%?

El Decreto 369 de 2026, expedido en abril, que obligaba a reducir progresivamente la inversión en el exterior y a dirigir las nuevas cotizaciones a inversiones nacionales.


¿Qué norma modifica el Decreto 1490?

Actualiza el marco del Decreto 2555 de 2010, que reúne buena parte de la regulación del sistema financiero colombiano.


¿Las AFP pueden ahora invertir sin restricciones?

No. El comunicado de MinHacienda aclara que se mantienen los límites específicos por tipo de activo, los estándares prudenciales y la gestión integral de riesgos.


¿Por qué el Gobierno eliminó el límite?

Tras una evaluación técnica concluyó que un mismo límite para todos los portafolios podía reducir la diversificación y afectar la aplicación del esquema de multifondos.


¿Qué es el esquema de multifondos?

Es el sistema que permite invertir el ahorro de cada afiliado en portafolios con distintos niveles de riesgo según su edad y perfil.


¿Cambian las cotizaciones a pensión que pagan las empresas?

No. El Decreto 1490 modifica el régimen de inversión de las AFP, no el monto de las cotizaciones ni las reglas de afiliación.


¿Cuándo publicó MinHacienda el comunicado sobre el Decreto 1490?

El comunicado está fechado el 7 de octubre de 2026.


¿El decreto fija montos o plazos de transición?

El comunicado del Ministerio de Hacienda no fija montos, nuevos sublímites ni plazos de transición.


¿Por qué le importa este cambio a una pyme?

Porque los fondos de pensiones son grandes inversionistas del mercado de capitales local, donde se financian empresas, y porque administran el ahorro pensional de los trabajadores.


¿De quién son los recursos que administran las AFP?

Según MinHacienda, los recursos administrados por las AFP son propiedad de los afiliados, por lo que la prioridad es su protección y gestión responsable.


¿Qué beneficios señala el Gobierno?

Más herramientas para equilibrar rentabilidad y riesgo, mayor diversificación por mercados, sectores, monedas y activos, y más flexibilidad según el objetivo de cada fondo.

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