
Perú delega facultades solo en seguridad y El Niño: impuestos y temas laborales quedan por fuera
La Ley 32743, publicada el 22 de octubre en El Peruano, da al Ejecutivo 90 días para legislar. Según la Cámara de Comercio de Lima, no incluye las materias tributarias, aduaneras y laborales que pidió el Gobierno.
El Congreso de Perú delegó en el Poder Ejecutivo la facultad de legislar durante 90 días calendario, pero solo en dos frentes: seguridad ciudadana y Fenómeno El Niño. La Ley 32743, publicada el 22 de octubre de 2026 en el diario oficial El Peruano, dejó por fuera las materias tributarias, aduaneras, laborales y societarias que el Gobierno había incluido en su pedido original. Así lo advirtió la Cámara de Comercio de Lima (CCL) en un análisis del 26 de octubre, que calcula que la delegación vence el 20 de enero de 2027. Para las micro y pequeñas empresas peruanas, eso significa que por esta vía no llegarán cambios en impuestos ni en reglas laborales, pero sí pueden llegar ajustes en trámites, compras estatales, ciberseguridad y responsabilidad de las empresas.
Qué dice la Ley 32743 y quiénes la firman
La norma tiene como objeto delegar en el Poder Ejecutivo la facultad de legislar mediante decretos legislativos "por el plazo de noventa días calendario", contados desde su entrada en vigor, en materia de seguridad ciudadana y del Fenómeno El Niño. El texto agrupa las materias en dos bloques: 12 numerales sobre seguridad ciudadana y 15 sobre El Niño, para un total de 27 numerales, la cifra que también destaca la CCL.
La ley lleva las firmas de Miguel Ángel Torres Morales, presidente del Senado de la República; Alejandro Muñante Barrios, primer vicepresidente del Senado; Keiko Sofía Fujimori Higuchi, presidenta de la República, y Luis Fernando Galarreta Velarde, presidente del Consejo de Ministros. Sus disposiciones finales establecen que las medidas no afectan la autonomía de los gobiernos regionales y locales ni de los organismos constitucionales autónomos, y que las materias delegadas están sujetas al Sistema Nacional de Control.
Lo que quedó por fuera: impuestos, aduanas y temas laborales
El dato que más interesa a los empresarios es lo que no está. Según el análisis de Álvaro Gálvez, gerente legal de la Cámara de Comercio de Lima, el Ejecutivo había solicitado 120 días e incluía materias tributarias, aduaneras, laborales y societarias, que no quedaron en el texto aprobado. El Congreso redujo tanto el plazo como el alcance.
En la práctica, durante los próximos meses el Gobierno no podrá cambiar por decreto legislativo, al amparo de esta ley, las reglas de impuestos, las normas aduaneras o la legislación laboral. Cualquier reforma en esos temas tendrá que tramitarse por otras vías, como proyectos de ley debatidos en el Congreso. Para una mype que esperaba alivios tributarios o cambios en la contratación, el mensaje es que no llegarán por este paquete. Para quien temía nuevas cargas, tampoco.
Trámites más simples y compras del Estado a productores agrarios
Dentro del bloque de El Niño hay medidas que sí pueden tocar a las empresas. El numeral 2.2.2 permite modificar el marco general de procedimientos administrativos para "eliminar requisitos duplicados y exigencias de información que ya obre en poder de la Administración", simplificar solicitudes y estandarizar requisitos, con criterios objetivos, públicos y revisables. Para cualquier negocio que tramita licencias o permisos, menos papeles repetidos significa menos tiempo perdido.
El numeral 2.2.4 se ocupa del agro. Incluye un régimen del certificado de cosecha electrónico como título valor, vinculado al Sistema Informativo de Garantías Mobiliarias, para facilitar el acceso a crédito; el acceso de productores a las compras estatales de alimentos de la agricultura familiar, con criterios objetivos de selección y determinación de precios y pagos oportunos, y el fortalecimiento de Agromercado. También contempla asistencia técnica y subvenciones para mujeres rurales e indígenas. Estas medidas se alinean con propuestas que ya circulaban en el sector productivo: PYME NOTICIAS informó que el Ministerio de la Producción propuso Trámite Cero y compras estatales para las mipymes golpeadas por El Niño.
Infraestructura, Obras por Impuestos y Servicios por Impuestos
El numeral 2.2.7 permite simplificar autorizaciones, permisos e intervenciones, pero solo para proyectos priorizados en el Plan Nacional de Infraestructura y sus complementarios, incluida la liberación de interferencias. La ley aclara que no se exceptúan las obligaciones ambientales, de seguridad ni de protección del patrimonio cultural.
El numeral 2.2.11 modifica la Ley 29230, que regula Obras por Impuestos, el mecanismo mediante el cual una empresa financia y ejecuta obras públicas y recupera la inversión con cargo a su impuesto a la renta. La delegación permite ampliar Servicios por Impuestos a la gestión del riesgo de desastres y a infraestructura de defensa civil, y Obras por Impuestos a viviendas rurales para damnificados. También prevé un procedimiento simplificado para las inversiones de emergencia conocidas como IOARR de Emergencia. Aunque este mecanismo lo usan sobre todo empresas grandes, abre oportunidades para constructoras, proveedores de materiales y contratistas medianos que participan como ejecutores o subcontratistas.
Ciberseguridad y responsabilidad de las empresas: lo que deben vigilar
En el ámbito digital, el numeral 2.2.3 regula requisitos técnicos de interoperabilidad y seguridad de las plataformas públicas, la digitalización estatal y las firmas electrónicas. Para el sector privado, la ley solo permite exigir medidas de seguridad proporcionales al riesgo y de gestión de incidentes, sin nuevas facultades estatales de acceso a datos o comunicaciones. Una empresa de comercio electrónico o una fintech pequeña debería estar atenta a los decretos que desarrollen estas exigencias.
El cambio con más impacto potencial para el cumplimiento corporativo está en seguridad ciudadana. El numeral 2.1.8 permite modificar la Ley 30424, de responsabilidad administrativa de las personas jurídicas, para ampliarla a delitos vinculados con crimen organizado y mercados ilícitos, incluidos supuestos de minería ilegal, extorsión o ciberdelincuencia, y fortalecer los deberes de prevención y debida diligencia. La ley pide criterios para distinguir el uso criminal de una empresa de los simples incumplimientos administrativos. Según la CCL, esto puede impactar los programas de cumplimiento de las compañías. La Cámara añade que las operadoras de telecomunicaciones podrían tener nuevas obligaciones de identificación y bloqueo de líneas y equipos, y que la penalización de la minería ilegal podría extenderse al acopio, el transporte y la comercialización.
La ley también permite actualizar la Ley 30096 de delitos informáticos frente a modalidades como el acceso ilícito, el fraude informático y la suplantación de identidad, delitos que golpean con frecuencia a pequeños comercios que venden por internet o reciben pagos digitales.
Calendario: qué pasa hasta el 20 de enero de 2027
De acuerdo con la CCL, el plazo de la delegación vence el 20 de enero de 2027. Hasta esa fecha, el Ejecutivo puede publicar decretos legislativos en las materias autorizadas. Según la ley, cada titular sectorial debe informar por escrito a la Comisión de Constitución, Reglamento y Relaciones Exteriores del Senado dentro de los 60 días calendario siguientes a la publicación de los decretos. Las medidas que requieran recursos se financian con el presupuesto ya aprobado de cada sector.
Para una pyme peruana, el chequeo práctico de estos meses es el siguiente:
Seguir en El Peruano los decretos legislativos que se publiquen hasta el 20 de enero de 2027.
Si su empresa vende alimentos o es productora agraria, revisar las reglas de compras estatales de agricultura familiar y del certificado de cosecha electrónico.
Si tramita permisos con frecuencia, identificar qué requisitos duplicados podría dejar de presentar.
Revisar sus medidas de seguridad digital y su protocolo ante incidentes, en especial si vende o cobra en línea.
Evaluar si su programa de prevención y debida diligencia sería suficiente ante una ampliación de la Ley 30424.
No contar con cambios tributarios ni laborales por esta vía en el periodo de la delegación.
Qué pueden aprender las pymes colombianas de la delegación peruana
El caso peruano muestra que una emergencia climática puede convertirse en el vehículo para simplificar trámites, abrir compras públicas a pequeños productores y ajustar la regulación digital. Colombia también enfrenta los efectos de El Niño, y los empresarios pueden tomar nota de dos ideas: la eliminación de requisitos que el Estado ya conoce y la priorización de pequeños proveedores en las compras de alimentos. Son propuestas que gremios y empresas pueden llevar a las discusiones con autoridades locales y nacionales.
La segunda lección está en el cumplimiento. En Colombia, la Superintendencia de Sociedades ya exige a ciertas empresas sistemas de prevención de lavado de activos y programas de transparencia y ética empresarial. La tendencia regional, visible en Perú con la posible ampliación de la Ley 30424, es que las empresas respondan cada vez más por los delitos que se cometen a través de ellas. Las compañías colombianas que exportan o tienen socios en Perú, un mercado donde la CCL ya pidió reglas claras en valoración aduanera para los importadores formales, deben conocer estas reglas. Y quienes compiten en sectores golpeados por el clima, como la pesca, pueden revisar el impacto de El Niño en el empleo de la temporada de anchoveta para dimensionar por qué la respuesta al fenómeno ocupa la mitad de esta delegación.
El texto completo de la norma puede consultarse en la edición extraordinaria de El Peruano. Durante los próximos tres meses, el valor para las empresas estará en leer cada decreto que se publique y medir su efecto en trámites, contratos con el Estado y obligaciones de seguridad, sabiendo que impuestos y normas laborales quedaron fuera de esta delegación.
Fuente principal: Diario Oficial El Peruano, "Ley N° 32743, Ley que delega en el Poder Ejecutivo la facultad de legislar en materias de seguridad ciudadana y del Fenómeno El Niño", publicado el 22 de octubre de 2026. Información complementaria: Cámara de Comercio de Lima, "Facultades delegadas en seguridad ciudadana y Fenómeno El Niño", análisis de Álvaro Gálvez, publicado el 26 de octubre de 2026.
Preguntas frecuentes sobre la Ley 32743 de Perú
¿Qué es la Ley 32743 de Perú?
Es la ley que delega en el Poder Ejecutivo la facultad de legislar mediante decretos legislativos en materias de seguridad ciudadana y del Fenómeno El Niño.
¿Cuándo se publicó la Ley 32743?
Se publicó el 22 de octubre de 2026 en el diario oficial El Peruano.
¿Por cuánto tiempo se delegaron las facultades?
Por 90 días calendario contados desde la entrada en vigor de la ley. Según la Cámara de Comercio de Lima, el plazo vence el 20 de enero de 2027.
¿La Ley 32743 incluye cambios tributarios?
No. Según la Cámara de Comercio de Lima, el Ejecutivo había pedido materias tributarias, aduaneras, laborales y societarias, pero no quedaron en el texto aprobado.
¿Cuántos días había pedido el Ejecutivo?
Según la Cámara de Comercio de Lima, el Ejecutivo había solicitado 120 días, y el Congreso aprobó 90.
¿Cuántas materias se delegaron?
La ley contiene 27 numerales: 12 sobre seguridad ciudadana y 15 sobre el Fenómeno El Niño.
¿Qué medidas pueden beneficiar a las mypes?
La eliminación de requisitos duplicados en trámites, el acceso de productores a compras estatales de agricultura familiar y el certificado de cosecha electrónico para acceder a crédito.
¿Qué cambia en Obras por Impuestos?
La ley permite ampliar Obras por Impuestos a viviendas rurales para damnificados y Servicios por Impuestos a la gestión del riesgo de desastres e infraestructura de defensa civil.
¿Habrá nuevas exigencias de ciberseguridad para las empresas?
La ley permite exigir al sector privado medidas de seguridad digital proporcionales al riesgo, sin nuevas facultades estatales de acceso a datos o comunicaciones.
¿Qué es la Ley 30424 y por qué podría cambiar?
Es la ley de responsabilidad administrativa de las personas jurídicas. La delegación permite ampliarla a delitos de crimen organizado, minería ilegal, extorsión o ciberdelincuencia, lo que según la CCL puede impactar los programas de cumplimiento.
¿Quiénes firmaron la Ley 32743?
Miguel Ángel Torres Morales, presidente del Senado; Alejandro Muñante Barrios, primer vicepresidente del Senado; Keiko Sofía Fujimori Higuchi, presidenta de la República, y Luis Fernando Galarreta Velarde, presidente del Consejo de Ministros.
¿Qué pueden aprender las pymes colombianas de esta ley?
Que las emergencias climáticas pueden impulsar la simplificación de trámites y las compras públicas a pequeños productores, y que la responsabilidad de las empresas por delitos cometidos a través de ellas tiende a crecer en la región.




Comentarios