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Empresario uruguayo completa un trámite en línea desde su portátil en su planta.

Uruguay digitaliza el seguimiento de la promoción de inversiones: desde diciembre solo se presenta en línea

hace 1 día
9 min de lectura

El Ministerio de Economía y Finanzas de Uruguay habilitó en la Ventanilla Única de Inversiones la declaración jurada del Decreto 268/020 y, según la Circular 3/2026, desde el 1 de diciembre de 2026 será el único canal.


El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) de Uruguay habilitó el 19 de octubre de 2026 la presentación en línea de la declaración jurada de cumplimiento que deben entregar las empresas con proyectos de inversión promovidos bajo el Decreto Nº 268/020, y anunció que desde el 1 de diciembre de 2026 ese trámite solo se recibirá por la Ventanilla Única de Inversiones (VUI). Así lo informó el ministerio en su noticia oficial sobre la habilitación del seguimiento en la VUI. Para una pyme que obtuvo beneficios por invertir, el cambio importa porque el canal presencial desaparece en unas seis semanas y el trámite exige registros, firma electrónica y pago dentro del sistema que conviene dejar listos con tiempo.


La medida es un ejemplo concreto de cómo la digitalización de trámites públicos obliga a las empresas a ordenar su información, sus usuarios y sus firmas antes de que el papel deje de ser una opción. A continuación se explica qué cambió, quién está obligado, cómo funciona el trámite paso a paso y qué pueden aprender de este caso las pymes de Colombia.


Qué anunció el Ministerio de Economía y Finanzas el 19 de octubre

Según el MEF, desde el 19 de octubre de 2026 ya se puede presentar por la Ventanilla Única de Inversiones la declaración jurada de cumplimiento del Decreto Nº 268/020. El ministerio enmarca el anuncio en el trabajo de la Comisión de Aplicación de la Ley de Inversiones (COMAP), que, de acuerdo con el texto oficial, "continúa avanzando en la digitalización de sus trámites". La noticia identifica el portal con la doble sigla VUI/VUCE, y la ficha del trámite pide estar registrado y con sesión iniciada en ese mismo sistema.


El trámite recibe el nombre corto de "D268". Para usarlo, la empresa tiene que estar registrada en la VUI. Ese registro empieza por una persona física autorizada por la empresa, y si la compañía trabaja con un gestor externo, este también debe estar registrado en el portal. El ministerio publicó en la misma nota los accesos al registro de personas y empresas, al manual para gestores y al formulario del trámite.


La noticia oficial no menciona sanciones nuevas ni cambios en los beneficios. Lo que cambia es el canal: el mismo seguimiento que antes se entregaba en papel ante el ministerio evaluador pasa a un formulario electrónico.


La Circular Nº 3/2026 fija el 1 de diciembre como fecha de corte

La regla de fondo está en la Circular Nº 3/2026 del MEF sobre el seguimiento de proyectos del Decreto 268/020, fechada el 19 de octubre de 2026. El documento dispone que, a partir del 1 de diciembre de 2026, las empresas que hayan presentado proyectos de inversión al amparo del Decreto Nº 268/020 deberán entregar la información de seguimiento prevista en el artículo 11 de ese decreto "exclusivamente en forma electrónica", a través del portal de la VUI.


Hasta el 30 de noviembre de 2026 rige un periodo de transición con dos caminos: la presentación presencial ante el ministerio evaluador, como se ha hecho hasta ahora, o la presentación electrónica en el portal. Desde el 1 de diciembre solo quedará el segundo. La página de la circular remite al texto en PDF de la Circular 3/2026, que confirma ese calendario.


En la práctica, una empresa que tenga pendiente su seguimiento puede usar estas semanas para probar el sistema con calma, mientras todavía existe la opción de acudir en persona si algo falla.


Quién debe presentar el trámite D268 y qué informa

La ficha oficial del trámite D268 en la Ventanilla Única de Inversiones lo describe como la declaración jurada anual que presentan las empresas que obtuvieron la declaratoria promocional por un proyecto de inversión según el Decreto 268/020, para informar el avance en la ejecución de esa inversión. La noticia del MEF no menciona la periodicidad; el carácter anual figura en la ficha de la VUI. El trámite puede hacerlo la propia empresa o un gestor que actúe en su nombre, y el organismo responsable es la COMAP.


El formulario electrónico está dividido en siete bloques: datos del beneficiario; antecedentes del proyecto de inversión; indicadores del proyecto; cumplimiento en la ejecución de inversiones; utilización de beneficios fiscales; estados contables y adjuntos; y declaración y consentimiento. Esa estructura deja claro que no basta con llenar casillas: la empresa debe tener a mano sus estados contables, los datos de lo que efectivamente invirtió y el uso que hizo de los beneficios.


Para una pyme, esto se traduce en coordinación entre la gerencia, el contador y quien tenga el usuario del portal. Si cada uno guarda su parte en un lugar distinto, el trámite se demora; si la información está ordenada desde el inicio del proyecto, el formulario se completa en una sola sesión.


Registro, firma electrónica y pago: cómo funciona en el portal

De acuerdo con la ficha de la VUI, el recorrido tiene cuatro momentos. Primero, la empresa inicia el trámite eligiendo el código de régimen (Registros/Especiales), la entidad (COMAP) y el trámite (D268). Segundo, completa el formulario desde la opción "Ejecutar". Tercero, el representante legal declarado en el formulario lo firma de manera electrónica; si la empresa exige firma conjunta, el archivo se descarga con la opción "Imprimir", se firma digitalmente fuera de la plataforma y se adjunta de nuevo en un campo habilitado. Cuarto, se paga en el mismo sistema.


El costo indicado es de un timbre profesional, que se puede pagar con débito bancario en línea en bancos de las redes BANRED y SISTARBANC, o en las redes de cobranza ABITAB y REDPAGOS. La ficha aclara que el trámite no se envía al organismo hasta que se completa el pago, un detalle que puede hacer perder días si se deja para el final.


Una vez enviado, el trámite es de aprobación automática y el sistema emite una constancia de presentación. Si la COMAP formula observaciones, la empresa las atiende desde su bandeja de entrada en el portal. La ficha también recomienda usar Google Chrome o Mozilla Firefox actualizados, y ofrece como canales de consulta el teléfono (598) 2915 3838 y el correo info@vui.gub.uy.


Chequeo práctico antes del 30 de noviembre

Con base en los requisitos publicados por el MEF y la VUI, estos son los pasos que conviene cerrar cuanto antes:


  • Registrar en la VUI a la persona física autorizada por la empresa y, luego, a la empresa.

  • Si trabaja con un gestor o estudio contable, verificar que también esté registrado según el manual de gestor.

  • Reunir estados contables, indicadores del proyecto y el detalle de inversiones ejecutadas y beneficios fiscales usados.

  • Confirmar quién es el representante legal que firmará y si los estatutos exigen firma conjunta.

  • Dejar previsto el medio de pago del timbre profesional para que el trámite no quede detenido.

  • Inscribirse en la capacitación virtual del lunes 26 de octubre a las 14:00.


La capacitación virtual del 26 de octubre

El MEF anunció una instancia virtual de capacitación sobre el nuevo procedimiento para el lunes 26 de octubre de 2026 a las 14:00. La inscripción se hace mediante el formulario enlazado en la noticia oficial. Para una empresa pequeña que nunca ha usado el portal, es la oportunidad de ver el recorrido completo antes de intentarlo con sus propios datos.


Conviene que asista la persona que realmente cargará la información, no solo el gerente. En muchas pymes, quien maneja los portales públicos es el contador externo o una asistente administrativa; si ellos no conocen el procedimiento, la digitalización termina generando más idas y vueltas que el trámite en papel.


Qué pueden aprender las pymes colombianas de la ventanilla uruguaya

El caso uruguayo no trae cifras sobre Colombia, pero sí una lección aplicable: cuando un trámite pasa a ser solo electrónico, el cuello de botella rara vez es el formulario. Lo difícil suele ser tener los usuarios creados, la firma electrónica del representante legal vigente, los soportes contables al día y claridad sobre quién hace qué. Esa preparación sirve igual para cualquier beneficio tributario, convocatoria o registro que se tramite en línea.


En Colombia también se discute cómo reducir trámites para las empresas, como lo contamos en la nota sobre la ley de competitividad para eliminar trámites que arrancó su primer debate en el Congreso. Y en la región hay ejemplos de ventanillas digitales que ya muestran resultados, como la ventanilla digital de Paraguay que abrió miles de cuentas bancarias empresariales. La tendencia es la misma: el Estado pide información estructurada y la empresa que la tenga organizada la entrega más rápido.


Un taller de metalmecánica que compró maquinaria con un incentivo, una agroindustria que amplió su planta o un hotel que remodeló habitaciones con apoyo público comparten la misma necesidad: guardar desde el primer día facturas, actas de recibo y estados contables en un repositorio digital ordenado. Herramientas sencillas de gestión documental, carpetas compartidas con nombres estandarizados y un calendario de vencimientos ayudan más que cualquier software sofisticado. Si además la empresa usa asistentes de inteligencia artificial para resumir documentos o revisar que no falte ningún adjunto, esa ayuda solo funciona cuando la información de base está completa y bien clasificada.


Ejemplos de cómo prepararse según el tipo de negocio

Una empresa industrial pequeña que tenga un proyecto promovido suele depender de su contador para los estados contables; lo práctico es acordar con él, desde ya, una fecha interna para tener el balance listo y adjuntarlo en el bloque de estados contables. Un emprendimiento agropecuario que haya invertido con apoyo de la COMAP puede encontrarse con que la persona autorizada no tiene usuario en el portal; registrarla primero evita bloquear todo el proceso. Para quienes estén evaluando nuevos incentivos, en PYME NOTICIAS reseñamos la exoneración de hasta 95% del impuesto a la renta para proyectos de riego que también se tramita por ventanilla única.


En comercios y empresas de servicios con varios socios, el punto crítico es la firma conjunta: si los estatutos exigen dos firmas, el archivo debe firmarse digitalmente fuera de la plataforma y volver a cargarse. Revisar esto con anticipación evita descubrirlo el último día, cuando ya no quede la alternativa presencial.


El trámite D268 es una obligación concreta con fecha fija, pero también una invitación a ordenar la casa. La empresa que aproveche noviembre para registrarse, probar el portal y digitalizar sus soportes llegará a diciembre sin sobresaltos y con un proceso que podrá repetir cada año con menos esfuerzo.


Fuente principal: Ministerio de Economía y Finanzas de Uruguay, "Se habilita en VUI la presentación de seguimiento del Decreto Nº 268/020, obligatoria desde diciembre de 2026", publicado el 19 de octubre de 2026. Información complementaria: Ministerio de Economía y Finanzas, Circular Nº 3/2026 "Presentación de información de seguimiento de proyectos al amparo del Decreto N° 268/020", del 19 de octubre de 2026; Ventanilla Única de Inversiones, ficha del trámite "Presentación de declaración jurada de cumplimiento en la ejecución de inversión. D268-COMAP".


Preguntas frecuentes sobre el seguimiento en línea del Decreto 268/020 en Uruguay

¿Qué cambió con el trámite de seguimiento del Decreto 268/020 en Uruguay?

Desde el 19 de octubre de 2026 la declaración jurada de cumplimiento puede presentarse por la Ventanilla Única de Inversiones (VUI), y desde el 1 de diciembre de 2026 solo se aceptará por esa vía electrónica.


¿Hasta cuándo se puede presentar el seguimiento en forma presencial?

Hasta el 30 de noviembre de 2026, ante el ministerio evaluador, según la Circular Nº 3/2026 del Ministerio de Economía y Finanzas.


¿Qué empresas deben presentar el trámite D268?

Las empresas que presentaron proyectos de inversión al amparo del Decreto Nº 268/020 y obtuvieron la declaratoria promocional, para informar el avance en la ejecución de la inversión.


¿Qué es la COMAP?

Es la Comisión de Aplicación de la Ley de Inversiones de Uruguay, el organismo responsable del trámite D268 en la Ventanilla Única de Inversiones.


¿Qué necesita una empresa para usar la Ventanilla Única de Inversiones?

Debe estar registrada en la VUI, y para eso primero se registra una persona física autorizada por la empresa. Si actúa un gestor, este también debe registrarse.


¿Qué información pide el formulario electrónico?

Datos del beneficiario, antecedentes del proyecto, indicadores, cumplimiento en la ejecución de inversiones, utilización de beneficios fiscales, estados contables y adjuntos, y una sección de declaración y consentimiento.


¿Quién firma la declaración jurada en el portal?

La firma electrónicamente el representante legal declarado en el formulario. Si se requiere firma conjunta, el archivo se descarga, se firma digitalmente fuera de la plataforma y se vuelve a adjuntar.


¿Cuánto cuesta el trámite D268?

La ficha oficial indica un timbre profesional, que se paga con débito bancario en línea (redes BANRED y SISTARBANC) o en las redes de cobranza ABITAB y REDPAGOS.


¿El trámite se aprueba automáticamente?

Sí, según la ficha de la VUI es de aprobación automática y el sistema emite una constancia de presentación; las observaciones se atienden desde la bandeja de entrada de la empresa.


¿Cuándo es la capacitación sobre el nuevo procedimiento?

El MEF programó una capacitación virtual para el lunes 26 de octubre de 2026 a las 14:00, con inscripción mediante el formulario enlazado en su noticia oficial.


¿Dónde puedo resolver dudas sobre el trámite?

La Ventanilla Única de Inversiones atiende en el teléfono (598) 2915 3838 y en el correo info@vui.gub.uy.


¿Qué puede aprender una pyme colombiana de este cambio?

Que la digitalización de un trámite exige preparar con tiempo usuarios, firma electrónica y soportes contables ordenados, una práctica útil para cualquier beneficio o registro que se gestione en línea.

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