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Operarios supervisan una línea de producción durante el turno de noche en una planta industrial de Costa Rica.

Industria, AmCham y zonas francas defienden ante la Sala Constitucional la ley de jornadas excepcionales en Costa Rica

hace 5 horas
8 min de lectura

La Cámara de Industrias de Costa Rica, AmCham y AZOFRAS presentaron una coadyuvancia para respaldar el proyecto de jornadas laborales excepcionales, expediente 24.290, que regula turnos en empresas de operación continua.


La Cámara de Industrias de Costa Rica (CICR), la Cámara Costarricense-Norteamericana de Comercio (AmCham) y la Asociación de Empresas de Zonas Francas de Costa Rica (AZOFRAS) presentaron ante la Sala Constitucional una coadyuvancia en defensa del Proyecto de Ley de Jornadas Laborales Excepcionales, expediente 24.290. El escrito, fechado en San José el 20 de octubre de 2026 y publicado por la CICR el 21 de octubre, busca aclarar los cuestionamientos sobre el trámite del proyecto y sobre dos artículos nuevos del Código de Trabajo, y respaldar la constitucionalidad de una reforma pensada para empresas que operan sin interrupción. Para las pymes colombianas, que este año se adaptan a la jornada de 42 horas y a nuevos recargos, el caso muestra cómo una discusión sobre horarios puede terminar en el máximo tribunal de un país y por qué la seguridad jurídica pesa tanto como la norma misma.


El comunicado es breve y no trae cifras ni voceros, pero deja claro el tono del sector productivo costarricense: para los gremios, la falta de reglas para estas jornadas es "una deuda histórica con el sector productivo" que lleva más de dos décadas sin resolverse.


Qué presentaron los gremios ante la Sala Constitucional

Una coadyuvancia es una intervención en un proceso judicial en la que un tercero, que no es parte principal, se suma para apoyar una de las posiciones en discusión. En este caso, los tres gremios aportaron argumentos técnicos y jurídicos en las consultas facultativas de constitucionalidad que se tramitan sobre el expediente 24.290.


En Costa Rica, la consulta facultativa es un mecanismo que permite pedir a la Sala Constitucional que revise un proyecto de ley antes de su aprobación definitiva, para verificar que su contenido y su procedimiento respeten la Constitución. El comunicado de la CICR no identifica quiénes presentaron las consultas en este caso. Lo que sí precisa es que estas se refieren a dos frentes: el procedimiento seguido en la tramitación del proyecto y el contenido de los artículos que se agregarían al Código de Trabajo.


Según el texto, la coadyuvancia pide a la Sala tomar en cuenta los argumentos de las organizaciones para despejar esos cuestionamientos y "respaldar la constitucionalidad de una reforma" que consideran necesaria.


Los artículos 143 bis y 145 bis, en el centro del debate

El proyecto crearía los artículos 143 bis y 145 bis del Código de Trabajo costarricense. De acuerdo con el comunicado, estas normas regulan aspectos sensibles de la relación laboral: la jornada, los descansos, las remuneraciones y el derecho a la intimidad de la persona trabajadora.


El comunicado no detalla el contenido de cada artículo ni el número de horas que permitiría la jornada excepcional, por lo que no es posible describir con esta fuente cómo quedarían los turnos. Sí sostiene que el proyecto establece condiciones específicas y que incorpora "garantías y protecciones para las personas trabajadoras", y que debe aplicarse con respeto de sus derechos laborales.


La mención al derecho a la intimidad es significativa. Cuando se discuten esquemas de turnos especiales suelen aparecer preguntas sobre el tiempo personal del trabajador, el descanso efectivo entre jornadas y el control que el empleador puede ejercer, y la propia existencia de las consultas muestra que el proyecto todavía genera cuestionamientos.


Operación continua: las empresas que piden reglas propias

El proyecto está dirigido, según los gremios, a "empresas cuyos procesos productivos requieren operaciones continuas". Son negocios que no pueden detenerse al final de una jornada ordinaria sin afectar su producción, su calidad o sus costos.


Piense, por ejemplo, en una planta de alimentos con hornos o sistemas de refrigeración que no se pueden apagar cada noche, en una fábrica de empaques con líneas de extrusión que tardan horas en arrancar, o en un laboratorio que debe vigilar procesos las 24 horas. En todos estos casos, la forma en que se organizan los turnos define cuántas personas hay que contratar, cuánto se paga en recargos y qué tan competitiva es la empresa frente a otras del exterior.


Aunque AZOFRAS reúne a las empresas de zonas francas, el comunicado no vincula el proyecto de manera exclusiva con ese régimen. La reforma, tal como la describen los gremios, aplicaría a las actividades que requieran operación continua, sin precisar sectores.


Por qué los gremios hablan de una deuda histórica

La CICR, AmCham y AZOFRAS afirman que han participado durante más de dos décadas en el análisis de esta iniciativa. Para ellas, la ausencia de un marco jurídico claro para estas jornadas tiene tres efectos: afecta la competitividad, limita las oportunidades de empleo y desestimula la inversión en actividades estratégicas para el país.


El argumento central es la seguridad jurídica. El comunicado sostiene que la reforma daría "seguridad jurídica tanto a las empresas como a las personas trabajadoras". En la práctica, una empresa que opera con turnos especiales sin una norma explícita que los respalde queda expuesta a reclamos, demandas o sanciones, y un trabajador queda sin reglas claras sobre sus derechos. Una ley precisa reduce ese riesgo para ambas partes.


No es la primera vez que la Cámara de Industrias de Costa Rica se pronuncia sobre reformas que considera clave para la competitividad. Recientemente, la entidad advirtió que se perdía una oportunidad para la competitividad, como informó PYME NOTICIAS en la nota sobre la reforma eléctrica rechazada y la advertencia de la industria costarricense.


Tres gremios con peso en la economía costarricense

La CICR agrupa a empresas industriales de Costa Rica. AmCham representa a empresas vinculadas con el comercio y la inversión entre Costa Rica y Estados Unidos. AZOFRAS reúne a las compañías que operan bajo el régimen de zonas francas, uno de los motores de la inversión extranjera y de las exportaciones del país.


Que los tres actúen juntos muestra que el tema no es solo de grandes multinacionales. Las reglas sobre jornadas aplican a cualquier empresa con operación continua, y muchas pymes industriales y proveedoras de las zonas francas también trabajan por turnos para cumplir los plazos de sus clientes.


Qué pueden aprender las pymes colombianas del caso costarricense

Colombia vive su propio proceso de ajuste laboral. Por la Ley 2101 de 2021, la jornada máxima legal bajó de forma gradual hasta 42 horas semanales en julio de 2026. Y la reforma laboral, Ley 2466 de 2025, fijó el trabajo nocturno entre las 7 de la noche y las 6 de la mañana y aumenta de manera escalonada el recargo por trabajo en domingos y festivos: 80 % desde el 1 de julio de 2025, 90 % desde el 1 de julio de 2026 y 100 % desde el 1 de julio de 2027. Para una pyme con turnos, cada uno de esos cambios obliga a rehacer horarios y costos.


La primera lección del caso de Costa Rica es que las jornadas especiales necesitan una base legal clara. Por ejemplo, una panificadora o una clínica veterinaria con servicio de urgencias en Colombia que organice turnos fuera de lo ordinario tendría que asegurarse de que su esquema esté respaldado por la ley vigente y, cuando corresponda, por acuerdos escritos con los trabajadores.


La segunda es que estas discusiones toman tiempo y pueden llegar a los tribunales. En Costa Rica, el proyecto lleva más de veinte años en discusión y aún enfrenta cuestionamientos constitucionales. En la región hay otros ejemplos de cambios de jornada de gran alcance, como el fin de la escala 6x1 en Brasil, donde el Sebrae incluso lanzó un simulador para que los pequeños negocios rehagan turnos y costos. Las pymes que se preparan con anticipación sufren menos los cambios.


La tercera es el valor de la voz gremial. Los empresarios costarricenses no se limitaron a esperar la decisión: intervinieron formalmente en el proceso. En Colombia, las cámaras de comercio y los gremios sectoriales son el canal natural para que una pyme haga llegar sus preocupaciones sobre normas laborales.


Un chequeo para la pyme que trabaja por turnos

Si su negocio opera en horarios extendidos o por turnos, el debate costarricense es una buena ocasión para revisar su propia situación:


  • ¿Sus turnos respetan la jornada máxima de 42 horas semanales vigente en Colombia desde julio de 2026?

  • ¿Está calculando bien los recargos nocturnos desde las 7 de la noche y el recargo dominical y festivo de 90 % que rige desde el 1 de julio de 2026?

  • ¿Los acuerdos sobre turnos y descansos con sus trabajadores están por escrito y son claros?

  • ¿Sabe cuánto le cuesta cada hora de operación adicional y si esa hora le genera ingresos suficientes?

  • ¿Participa en algún gremio o cámara que represente los intereses de su sector?


Lo que sigue: la decisión de la Sala

El paso siguiente está en manos de la Sala Constitucional, que deberá resolver las consultas y decidir si el proyecto presenta problemas de procedimiento o de fondo. De ese pronunciamiento depende que la iniciativa pueda seguir su camino o que deba corregirse. El comunicado no menciona plazos.


Para las empresas costarricenses de operación continua, el desenlace definirá si por fin cuentan con reglas propias. Para las pymes colombianas, el caso es un recordatorio útil: las normas sobre jornada tienen un impacto directo en costos, contratación y competitividad, y conviene seguirlas de cerca, entenderlas y ajustar la operación antes de que lleguen las sanciones. El comunicado completo de la CICR permite revisar los argumentos de los gremios.


Fuente principal: Cámara de Industrias de Costa Rica, "CICR, AmCham y AZOFRAS presentan coadyuvancia ante la Sala Constitucional en defensa de las jornadas laborales excepcionales", publicado el 21 de octubre de 2026.


Preguntas frecuentes sobre la ley de jornadas laborales excepcionales en Costa Rica

¿Qué presentaron la CICR, AmCham y AZOFRAS ante la Sala Constitucional?

Presentaron una coadyuvancia, es decir, una intervención de apoyo, en las consultas facultativas de constitucionalidad sobre el Proyecto de Ley de Jornadas Laborales Excepcionales, expediente 24.290.


¿Cuándo presentaron los gremios la coadyuvancia?

El escrito está fechado en San José el 20 de octubre de 2026 y la Cámara de Industrias de Costa Rica lo publicó el 21 de octubre de 2026.


¿Qué es el proyecto de jornadas laborales excepcionales de Costa Rica?

Es una iniciativa, expediente 24.290, que regula jornadas para empresas cuyos procesos productivos requieren operación continua, con garantías para las personas trabajadoras.


¿Qué artículos del Código de Trabajo están en discusión?

Los nuevos artículos 143 bis y 145 bis, que regulan la jornada, los descansos, las remuneraciones y el derecho a la intimidad de la persona trabajadora.


¿Qué es una consulta facultativa de constitucionalidad?

Es un mecanismo de Costa Rica que permite pedir a la Sala Constitucional que revise un proyecto de ley antes de su aprobación definitiva, para verificar su procedimiento y su contenido.


¿Qué es una coadyuvancia?

Es la intervención de un tercero en un proceso para apoyar una de las posiciones en discusión. En este caso, los gremios respaldan la constitucionalidad del proyecto.


¿Por qué los gremios dicen que es una deuda histórica?

Porque, según ellos, la iniciativa lleva más de dos décadas en discusión y la falta de un marco legal claro afecta la competitividad, limita el empleo y desestimula la inversión.


¿Qué empresas se beneficiarían de la ley de jornadas excepcionales?

Según el comunicado, las empresas cuyos procesos productivos requieren operaciones continuas. El texto no menciona sectores específicos.


¿El comunicado dice cuántas horas tendría la jornada excepcional?

No. El comunicado de la Cámara de Industrias no detalla horas, cifras ni el contenido específico de cada artículo.


¿Qué sigue para el proyecto de jornadas excepcionales en Costa Rica?

La Sala Constitucional debe resolver las consultas y decidir si el proyecto tiene problemas de procedimiento o de fondo. El comunicado no menciona plazos.


¿Qué pueden aprender las pymes colombianas de este caso?

Que los turnos especiales necesitan una base legal clara, que los cambios de jornada pueden tardar años y llegar a los tribunales, y que conviene participar en los gremios.


¿Cuál es la jornada laboral máxima en Colombia en 2026?

Desde julio de 2026 la jornada máxima legal en Colombia es de 42 horas semanales, tras la reducción gradual establecida por la Ley 2101 de 2021.

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