
La CREG propone un mecanismo de 52 días hábiles para sumar energía firme entre 2027 y 2030
La Comisión de Regulación de Energía y Gas publicó para comentarios el Proyecto de Resolución CREG 701 155 de 2026, un mecanismo voluntario para asignar obligaciones de energía firme en el que podrían participar plantas nuevas y grandes autogeneradores.
La Comisión de Regulación de Energía y Gas (CREG) puso a consulta un mecanismo para acelerar la entrada de nueva capacidad de generación eléctrica en Colombia. Se trata del Proyecto de Resolución CREG 701 155 de 2026, divulgado en un comunicado fechado en Bogotá el 29 de octubre y publicado en el portal de la entidad el 3 de noviembre de 2026, que propone asignar obligaciones de energía firme para los periodos 2027-2028, 2028-2029 y 2029-2030 mediante un procedimiento de aproximadamente 52 días hábiles. La propuesta responde al crecimiento proyectado del consumo de electricidad y permitiría participar a plantas nuevas, a proyectos en construcción y a grandes autogeneradores. Para las pymes, más energía firme disponible significa menos riesgo de cortes y de precios disparados en los próximos años.
Qué son las obligaciones de energía firme y por qué importan
En el mercado eléctrico colombiano, las obligaciones de energía firme son compromisos que asumen los generadores de entregar una cantidad de energía cuando el sistema la necesita, a cambio de una remuneración. Son la herramienta con la que el país busca asegurar que haya suficiente electricidad incluso en condiciones difíciles.
Según el comunicado de la CREG, la propuesta es un mecanismo alternativo para asignar estas obligaciones y no reemplaza los existentes: la participación sería voluntaria y complementaria, con requisitos técnicos y garantías. La entidad explica que la medida responde al crecimiento proyectado del consumo y contribuye al objetivo del Plan Energía Ya del Gobierno nacional.
Es importante subrayar que se trata de un proyecto de resolución. La medida aún no ha sido adoptada y puede cambiar después de la consulta pública.
Un procedimiento de 52 días hábiles para tres periodos
La principal novedad es la velocidad. El procedimiento de asignación tomaría aproximadamente 52 días hábiles, un plazo corto para un proceso de este tipo. Con él se cubrirían tres periodos de compromiso: 2027-2028, 2028-2029 y 2029-2030.
La directora ejecutiva de la CREG, Adriana María Jiménez, resumió el enfoque al señalar que "la participación sería voluntaria y complementaría los mecanismos existentes". Es decir, los generadores que ya tienen compromisos o que participan en otros esquemas no se verían obligados a cambiar nada; el nuevo mecanismo se suma como una puerta adicional para quienes puedan aportar energía en esos años.
Los compromisos se asignarían según el orden en que cada participante acredite el cumplimiento de los requisitos. En la práctica, esto premia a los proyectos que estén más maduros y tengan su documentación lista.
Quiénes podrían participar, incluidos los grandes autogeneradores
La CREG enumera cuatro tipos de participantes: plantas nuevas, plantas en construcción que no tengan compromisos previos con el sistema, plantas existentes que hagan obras para aumentar su energía firme y grandes autogeneradores. Esta amplitud busca que cualquier fuente capaz de aportar energía en esos años tenga una vía para hacerlo.
La inclusión de los grandes autogeneradores es relevante para el sector productivo. Hay empresas que producen su propia electricidad para sus procesos, por ejemplo con plantas térmicas, cogeneración o granjas solares, y que podrían comprometer parte de esa capacidad con el sistema. El comunicado no define en esta página qué tamaño mínimo debe tener un autogenerador para considerarse grande, de modo que ese detalle habrá que revisarlo en el texto del proyecto.
Para la mayoría de pymes, que no son autogeneradoras de gran escala, el beneficio sería indirecto: más plantas comprometidas significan más respaldo para todo el sistema.
Topes del 30 % e incentivos por entrar antes
Para evitar que la asignación se concentre en un solo actor, ninguna planta podría recibir más del 30 % de la cantidad máxima determinada para cada periodo.
En cuanto a la remuneración, el proyecto contempla un pago por las obligaciones de energía firme que se actualizaría según la regulación. Además, las plantas que entren en operación antes de la fecha prevista recibirían un incentivo adicional por cada megavatio hora (MWh) comprometido. El experto comisionado de la CREG, Antonio Jiménez, lo explicó así: "Estamos proponiendo una remuneración que permita viabilizar e incentivar el desarrollo de nuevos proyectos".
La lógica es sencilla: si un proyecto puede adelantar su entrada, el sistema gana respaldo antes, y la regulación quiere premiar ese esfuerzo.
Baterías para que la energía solar llegue en la noche
Otro punto llamativo es el incentivo para que las plantas solares fotovoltaicas que tengan energía adicional instalen baterías e inyecten esa energía en otras horas, especialmente de noche.
La energía solar se produce de día, pero la demanda no desaparece cuando se oculta el sol. Muchos negocios, como panaderías que hornean de madrugada, restaurantes con servicio nocturno, cuartos fríos de distribuidores de alimentos o plantas que trabajan en tres turnos, consumen buena parte de su energía en horas sin sol. Almacenar la generación solar del día para entregarla en la noche ayuda a equilibrar el sistema justo en las horas en que más se necesita.
Para las pymes que ya tienen o están evaluando paneles solares propios, esta señal regulatoria es un recordatorio de que el almacenamiento gana protagonismo. Quien esté pensando en instalar paneles puede revisar opciones de financiación como el crédito de Bancóldex para energía solar en empresas.
Qué significa para la factura y la operación de una pyme
La CREG no estima en el comunicado cuánto cambiarían las tarifas por esta medida, y no sería correcto atribuirle un efecto en precios que la entidad no anuncia. Lo que sí se puede decir es que el objetivo declarado es fortalecer el suministro eléctrico frente al crecimiento del consumo.
Para una pyme, la disponibilidad de energía firme importa por dos razones. La primera es la continuidad: un sistema con poco respaldo es más vulnerable a racionamientos, y la CREG ya definió reglas sobre cómo se aplicarían, como explicamos en la nota sobre el Estatuto de Racionamiento y los cortes para comercio e industria. La segunda es el precio: cuando la oferta es estrecha, la energía en bolsa tiende a encarecerse, algo que ya se ha visto en los reportes sobre el precio de la energía en bolsa.
Una heladería de Barranquilla, una lavandería industrial en Cali o una fábrica de plásticos en Bogotá dependen de la electricidad para operar todos los días. Para ellas, cualquier medida que reduzca el riesgo de cortes en los próximos años tiene un valor concreto, aunque no se note de inmediato en la factura.
Cómo enviar comentarios y qué revisar antes de hacerlo
El proyecto está en consulta pública durante diez días calendario, contados desde el día siguiente a su publicación en el portal de la CREG. Los comentarios se envían al correo [creg@creg.gov.co](mailto:creg@creg.gov.co), con el asunto "Comentarios sobre la Resolución CREG 701 155 de 2026", usando el formato anexo que dispone la entidad.
Este es un chequeo práctico para las empresas interesadas:
Si su empresa es autogeneradora, revise con su equipo técnico si su capacidad podría encajar en la categoría de grandes autogeneradores.
Si tiene paneles solares con excedentes, evalúe con un proveedor el costo de añadir baterías y compárelo con el incentivo que finalmente se apruebe.
Si su negocio depende mucho de la electricidad, documente su consumo por franjas horarias para saber cuánto pesa la energía nocturna.
Si pertenece a un gremio, coordine con él los comentarios para que la voz de los consumidores pequeños llegue a la CREG dentro del plazo.
Consulte el texto del proyecto en el portal de la CREG antes de opinar, para basarse en el articulado y no solo en el resumen.
Las decisiones sobre energía firme parecen lejanas para un pequeño negocio, pero de ellas depende cuánta electricidad habrá disponible cuando la demanda apriete. Seguir esta consulta, y participar si su empresa tiene algo que aportar, es una forma concreta de cuidar la operación de los próximos años. El detalle completo está en el comunicado oficial de la CREG.
Fuente principal: Comisión de Regulación de Energía y Gas (CREG), "CREG propone agilizar la entrada de nuevos proyectos para fortalecer el suministro eléctrico del país", publicado el 3 de noviembre de 2026.
Preguntas frecuentes sobre el mecanismo de energía firme propuesto por la CREG
¿Qué propone la CREG con el Proyecto de Resolución 701 155 de 2026?
Propone un mecanismo alternativo para asignar obligaciones de energía firme para los periodos 2027-2028, 2028-2029 y 2029-2030, con el fin de acelerar la entrada de nuevos proyectos de generación.
¿Cuánto tiempo tomaría el nuevo procedimiento de asignación?
Según la CREG, el procedimiento tomaría aproximadamente 52 días hábiles.
¿Es obligatorio participar en el nuevo mecanismo?
No. La participación sería voluntaria y complementaria a los mecanismos existentes, con requisitos técnicos y garantías.
¿Quiénes podrían participar?
Plantas nuevas, plantas en construcción sin compromisos previos con el sistema, plantas existentes con obras que aumenten su energía firme y grandes autogeneradores.
¿Pueden participar empresas que generan su propia energía?
Sí, si califican como grandes autogeneradores; el comunicado los incluye entre los posibles participantes.
¿Hay un límite para cada planta?
Sí. Ninguna planta podría recibir más del 30 % de la cantidad máxima determinada para cada periodo.
¿Cómo se asignarían los compromisos?
Según el orden en que cada participante acredite el cumplimiento de los requisitos.
¿Qué incentivo tendrían las plantas que entren antes?
Recibirían un incentivo adicional por cada megavatio hora (MWh) comprometido si entran en operación antes de la fecha prevista.
¿Qué dice la propuesta sobre la energía solar?
Incluye un incentivo para que las plantas solares fotovoltaicas con energía adicional instalen baterías y la inyecten en otras horas, especialmente de noche.
¿Ya está vigente esta medida?
No. Es un proyecto de resolución en consulta pública y aún no ha sido adoptado.
¿Cómo se envían comentarios a la CREG?
Al correo creg@creg.gov.co, con el asunto "Comentarios sobre la Resolución CREG 701 155 de 2026" y usando el formato anexo, dentro de los diez días calendario siguientes a la publicación.
¿Por qué propone la CREG este mecanismo?
Según la entidad, responde al crecimiento proyectado del consumo de energía y contribuye al objetivo del Plan Energía Ya del Gobierno nacional.




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