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Gerente de una pequeña firma de ingeniería en Bogotá conversa con su contadora junto a planos enrollados.

Decreto 1585: el Gobierno recorta $13,8 billones del presupuesto de 2026 a dos meses del cierre del año

hace 4 horas
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El Ministerio de Hacienda publicó el Decreto 1585 del 22 de octubre de 2026, que reduce en $13.807.808.353.561 el Presupuesto General de la Nación de este año, por debajo del tope de $21,9 billones que había autorizado el Consejo de Ministros.


El Ministerio de Hacienda y Crédito Público publicó el Decreto 1585 del 22 de octubre de 2026, "por el cual se reducen unas apropiaciones en el Presupuesto General de la Nación de la vigencia fiscal de 2026", que recorta $13.807.808.353.561, es decir, cerca de $13,8 billones, del gasto que el Gobierno nacional podía ejecutar este año. Para las pymes que venden bienes o servicios al Estado, o que trabajan como subcontratistas de quienes lo hacen, el decreto importa porque reduce el dinero disponible en entidades nacionales a dos meses del cierre del año fiscal, según el texto del Decreto 1585 publicado por MinHacienda.


El recorte se aplica en partes iguales a los dos lados del presupuesto: el artículo 1 reduce el Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital en $13.807.808.353.561 y el artículo 2 reduce el Presupuesto de Gastos o Ley de Apropiaciones en la misma suma. En otras palabras, el Gobierno reconoce que tendrá menos ingresos de los previstos y, en consecuencia, elimina gasto por el mismo valor.


Por qué Hacienda dice que los ingresos no alcanzan

En los considerandos del decreto, el Ministerio de Hacienda estima que los recaudos del año son inferiores al total de gastos y obligaciones por pagar, y que los recursos aprobados por el Congreso resultan insuficientes frente a los gastos que prevé el artículo 347 de la Constitución. El presupuesto que se recorta es el que decretó la Ley 2559 de 2025, expedida el 22 de diciembre de ese año, que fijó las rentas y apropiaciones para 2026.


Para una empresa, la lógica se parece a la de un plan de ventas que no se cumple: si entra menos dinero del esperado, hay que bajar compras y gastos para no quedarse sin caja. La diferencia es la escala y el efecto en cadena, porque cada peso que una entidad pública deja de gastar es un contrato que no se firma, una adición que no se aprueba o una compra que se aplaza.


Cómo se aprobó el recorte sin pasar por el Congreso

El decreto se apoya en el numeral 20 del artículo 189 de la Constitución y en los artículos 76 y 77 del Estatuto Orgánico del Presupuesto, que permiten al Gobierno reducir o aplazar apropiaciones, total o parcialmente, en cualquier mes del año, con concepto previo del Consejo de Ministros.


El trámite tuvo dos pasos previos que el propio decreto relata. El Consejo Superior de Política Fiscal (CONFIS), en su sesión del 19 de agosto de 2026, ordenó a la Dirección General del Presupuesto Público Nacional del Ministerio de Hacienda y al Departamento Nacional de Planeación (DNP) tramitar el decreto de reducción o aplazamiento. Luego, el Consejo de Ministros autorizó la reducción en su sesión del 29 de agosto de 2026, hasta por $21.900.000.000.000.


Es decir, la decisión de fondo se tomó a finales de agosto, pero solo con la publicación del decreto, el 22 de octubre, quedan definidos el valor exacto y las entidades afectadas.


Un detalle de lenguaje ayuda a dimensionar la medida. Las normas citadas permiten dos caminos: reducir o aplazar. Un aplazamiento congela recursos que más adelante podrían liberarse; una reducción, como la que ordena este decreto según su propio título, los retira del presupuesto de la vigencia. Para un proveedor, eso significa que no conviene esperar que esos recursos reaparezcan en lo que queda de 2026 en la misma entidad, salvo que una norma posterior diga otra cosa.


Un recorte menor al tope de $21,9 billones autorizado

La cifra final del Decreto 1585, de $13,8 billones, es inferior al tope de $21,9 billones que autorizó el Consejo de Ministros. La diferencia entre lo autorizado y lo que efectivamente se recortó es de unos $8,09 billones, según el cálculo que se desprende de las dos cifras oficiales.


El decreto no dice si el Gobierno usará ese margen restante en un decreto posterior, ni si lo descarta. Lo prudente para una empresa que depende de contratos públicos es no dar por cerrado el ajuste hasta que el Ministerio de Hacienda lo confirme, y seguir de cerca las publicaciones de normativa del ministerio en lo que queda del año.


Qué entidades aparecen en el anexo de 128 páginas

El documento completo del decreto tiene 128 páginas, la mayoría de ellas con tablas que detallan, entidad por entidad, cuánto se reduce y de qué rubro. Del lado de los ingresos, la reducción toca ingresos corrientes, recursos de capital, fondos especiales e ingresos de establecimientos públicos. Del lado del gasto, las reducciones afectan tanto el funcionamiento, que incluye gastos de personal, adquisición de bienes y servicios y transferencias corrientes, como la inversión.


En el anexo figuran, entre otras, entidades del sector transporte e infraestructura, como el Instituto Nacional de Vías (Invías), la Aeronáutica Civil (Aerocivil) y la Agencia Nacional de Infraestructura (ANI); superintendencias como la de Industria y Comercio, la de Sociedades y la de Notariado y Registro; institutos como el Instituto Colombiano Agropecuario (ICA) y el Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos (Invima), y entidades como el DANE, la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres (UNGRD) y la Agencia Nacional de Contratación Pública, Colombia Compra Eficiente.


PYME NOTICIAS no pudo confirmar en el documento oficial los montos asignados a cada entidad, porque las tablas del archivo publicado no se pueden leer con fiabilidad. Por esa razón, esta nota no reporta cifras por entidad. Quien necesite el dato para una entidad en particular debe consultarlo directamente en el anexo del decreto.


Qué significa para contratistas y proveedores del Estado

Para una pyme proveedora, el recorte puede sentirse de varias maneras: procesos de contratación que no se abren antes de diciembre, contratos que no se adicionan, órdenes de compra que se reducen o pagos que se reprograman. Que una entidad aparezca en el decreto no significa que vaya a cancelar contratos firmados, pero sí que tendrá menos dinero disponible en lo que queda de 2026.


Una firma pequeña de ingeniería que trabaja como subcontratista en obras viales, por ejemplo, depende de que la entidad contratante mantenga sus recursos de inversión. Una empresa de aseo, vigilancia o cafetería que atiende oficinas públicas depende de los rubros de funcionamiento. Y una consultora o empresa de software que vende servicios a una superintendencia depende de la partida de adquisición de bienes y servicios de esa entidad.


El recorte se suma a otras decisiones recientes sobre el gasto público. PYME NOTICIAS explicó que, con la Directiva Presidencial 04, el Estado solo pagará contratos con cumplimiento verificado y revisará los de 2026. Sobre el año siguiente, PYME NOTICIAS analizó las cifras del presupuesto 2027 aprobado en el Congreso y explicó por qué el Congreso no concilió y el presupuesto 2027 quedó por decreto.


Chequeo práctico para su empresa

Si su negocio tiene clientes públicos del orden nacional, estas preguntas le ayudan a medir el riesgo:


  • ¿Cuáles de sus contratos vigentes o en trámite son con entidades nacionales que aparecen en el anexo del Decreto 1585?

  • ¿Sus contratos se pagan con recursos de funcionamiento o de inversión, y qué rubro se reduce en esa entidad?

  • ¿Tiene facturas pendientes de pago y conoce la fecha en que la entidad prevé girarlas?

  • ¿Cuánto de sus ventas del último trimestre depende de una sola entidad pública?

  • ¿Tiene un plan de caja si un proceso esperado para noviembre o diciembre no se abre?


Cómo leer el decreto y qué preguntar a la entidad contratante

La forma más directa de saber si su contrato está en riesgo es buscar el nombre de la entidad en el anexo y revisar si la reducción toca funcionamiento o inversión. Con esa información, vale la pena preguntar por escrito al supervisor del contrato si hay cambios en la disponibilidad presupuestal o en el cronograma de pagos.


Las empresas que participan en licitaciones también deben revisar si el proceso que esperaban sigue vigente en el plan anual de adquisiciones de la entidad. Una ferretería mayorista que vende a contratistas de obra, o un transportador que mueve materiales para proyectos públicos, pueden ver el efecto de forma indirecta, a través de clientes que aplazan pedidos. Hablar con ellos a tiempo ayuda a ajustar inventarios y plazos de pago.


El recorte es una señal de que las cuentas públicas de 2026 están estrechas. Para una pyme, la mejor protección es diversificar clientes, cobrar a tiempo lo que ya facturó y no comprometer inventario o personal con base en contratos públicos que aún no tienen el registro presupuestal confirmado.


Fuente principal: Ministerio de Hacienda y Crédito Público, "Decreto 1585 de 2026, por el cual se reducen unas apropiaciones en el Presupuesto General de la Nación de la vigencia fiscal de 2026 y se dictan otras disposiciones", publicado el 22 de octubre de 2026.


Preguntas frecuentes sobre el recorte al presupuesto de 2026

¿Qué es el Decreto 1585 de 2026?

Es el decreto del Ministerio de Hacienda del 22 de octubre de 2026 que reduce unas apropiaciones del Presupuesto General de la Nación de la vigencia fiscal de 2026.


¿De cuánto es el recorte al presupuesto de 2026?

El decreto reduce el presupuesto en $13.807.808.353.561, es decir, cerca de $13,8 billones, tanto en rentas como en gastos.


¿Cuánto había autorizado recortar el Consejo de Ministros?

El Consejo de Ministros autorizó en su sesión del 29 de agosto de 2026 una reducción de hasta $21.900.000.000.000.


¿Por qué el Gobierno recortó el presupuesto?

Según el decreto, el Ministerio de Hacienda estimó que los recaudos del año son inferiores al total de gastos y obligaciones, y que los recursos aprobados por el Congreso no alcanzan.


¿Puede el Gobierno recortar el presupuesto sin el Congreso?

Sí. Los artículos 76 y 77 del Estatuto Orgánico del Presupuesto permiten reducir o aplazar apropiaciones en cualquier mes, con concepto previo del Consejo de Ministros.


¿Quién ordenó tramitar el decreto de recorte?

El Consejo Superior de Política Fiscal (CONFIS), en su sesión del 19 de agosto de 2026, ordenó tramitar el decreto de reducción o aplazamiento.


¿Qué entidades aparecen en el recorte del Decreto 1585?

En el anexo figuran, entre otras, Invías, Aerocivil, la ANI, las superintendencias de Industria y Comercio, de Sociedades y de Notariado y Registro, el ICA, el Invima, el DANE y la UNGRD.


¿Cuánto se le recorta a cada entidad?

El valor por entidad está en las tablas del anexo de 128 páginas; PYME NOTICIAS no pudo confirmar esos montos en el archivo oficial, por lo que se recomienda consultarlos directamente en el decreto.


¿El recorte afecta funcionamiento o inversión?

Ambos. El anexo del decreto incluye reducciones en funcionamiento, como adquisición de bienes y servicios, y en inversión.


¿El recorte cancela los contratos ya firmados con el Estado?

El decreto reduce apropiaciones, no cancela contratos de forma directa; sin embargo, las entidades tendrán menos recursos disponibles, por lo que conviene confirmar con la entidad la disponibilidad presupuestal y el cronograma de pagos.


¿Habrá más recortes al presupuesto de 2026?

El decreto no lo dice. Entre el tope autorizado de $21,9 billones y el recorte de $13,8 billones queda una diferencia de unos $8,09 billones, sin que el Gobierno haya informado en el decreto qué hará con ella.


¿Qué deben hacer las pymes que venden al Estado?

Revisar si sus entidades contratantes aparecen en el anexo, cobrar a tiempo lo facturado, preguntar por escrito por cambios en los pagos y no comprometer caja con base en procesos aún no confirmados.

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