
Perú declara días no laborables compensables por la visita del papa León XIV: qué deben prever las pymes
El Diario Oficial El Peruano difundió el Decreto Supremo 020-2026-TR, que fija días no laborables entre el 11 y el 16 de noviembre en Lima, Callao y seis regiones; para efectos tributarios esos días siguen siendo hábiles.
El Gobierno del Perú declaró días no laborables compensables para los sectores público y privado con motivo de la visita del papa León XIV, mediante el Decreto Supremo N.º 020-2026-TR, difundido el viernes 23 de octubre de 2026 por el Diario Oficial El Peruano. La medida cubre fechas entre el 11 y el 16 de noviembre en Lima, Callao, Cajamarca, La Libertad, Lambayeque, Piura, Cusco y Ucayali. Para una pyme peruana, o para una empresa colombiana con operación o clientes en esas regiones, el decreto obliga a planificar desde ya turnos, atención al público, recuperación de horas y entregas, con la particularidad de que para efectos tributarios esos días siguen contando como hábiles.
Qué establece el Decreto Supremo 020-2026-TR
Según el resumen de normas legales publicado por El Peruano el 23 de octubre de 2026, el decreto declara días no laborables compensables para trabajadores del sector público y del sector privado en las circunscripciones que recibirán actividades vinculadas con la visita del pontífice. El sufijo TR identifica a las normas del sector Trabajo, es decir, del ámbito del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo.
Conviene precisar la diferencia entre un feriado y un día no laborable compensable. En un feriado, el descanso está previsto por ley y no se devuelve. En un día no laborable compensable, en cambio, la jornada no trabajada debe recuperarse después, de modo que no se trata de un descanso adicional gratuito sino de un traslado de horas. Esa diferencia es la que determina cómo deben organizarse las empresas.
El diario oficial identifica la visita del papa León XIV al Perú como la razón de la medida. La norma no se aplica a todo el país, sino a ocho circunscripciones con fechas distintas, lo que la vuelve especialmente relevante para negocios con sedes en varias ciudades.
El calendario de días no laborables por región
El cronograma que recoge El Peruano es el siguiente. En Lima y Callao, para los sectores público y privado, son no laborables el 11 y el 12 de noviembre, en ambos casos desde las 13:00 hasta las 24:00, y el lunes 16 de noviembre; para esta última fecha el resumen oficial no precisa un horario. En Cajamarca, La Libertad, Lambayeque y Piura, también para ambos sectores, los días no laborables son el 13 y el 14 de noviembre.
En Cusco y Ucayali la regla es distinta: el 15 de noviembre es día no laborable solo para el sector privado, y los centros de trabajo pueden acogerse a la medida únicamente previo acuerdo entre el empleador y los trabajadores. Si no hay consenso, decide el empleador.
Un detalle práctico para Lima y Callao: como los días 11 y 12 son no laborables solo desde la una de la tarde, las mañanas siguen siendo jornadas normales. Eso permite concentrar en las primeras horas la atención de proveedores, los despachos y las gestiones que no pueden esperar.
Cómo se recuperan las horas no trabajadas
Para el sector privado de Cusco y Ucayali, el resumen oficial indica que el acuerdo entre empleador y trabajadores debe establecer la forma en que se recuperarán las horas dejadas de laborar; a falta de acuerdo, es el empleador quien determina la compensación. Para el sector público, las horas deben recuperarse dentro de los diez días inmediatos posteriores o en la oportunidad que establezca el titular de cada entidad según sus necesidades.
Para las empresas privadas de Lima, Callao, Cajamarca, La Libertad, Lambayeque y Piura, el resumen de El Peruano señala que los días aplican a ambos sectores, pero no detalla el mecanismo de recuperación en el sector privado. Por eso, antes de comunicar cualquier esquema a su equipo, lo recomendable es revisar el texto íntegro del decreto en la edición de normas legales del diario oficial y dejar por escrito el acuerdo de compensación con los trabajadores: fechas, horas por recuperar y forma de hacerlo.
En la práctica, la recuperación suele organizarse con jornadas algo más largas en los días siguientes o con trabajo en un día de descanso acordado. Lo importante es que el esquema quede pactado y documentado para evitar diferencias posteriores en el cálculo de horas.
Para la Sunat esos días siguen siendo hábiles
Uno de los puntos más importantes para las pymes es tributario. De acuerdo con el resumen oficial, para efectos tributarios los días no laborables compensables se consideran días hábiles. En otras palabras, los plazos ante la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) no se corren por la visita papal.
Esto significa que si un vencimiento de declaración, pago o envío de comprobantes cae en uno de esos días, la obligación se mantiene. Un contador que atiende a varias mypes en Lima debería revisar el cronograma de vencimientos de noviembre y adelantar las gestiones que coincidan con las tardes del 11 y 12 o con el 16 de noviembre. Lo mismo aplica para empresas de Trujillo, Chiclayo, Piura o Cajamarca con obligaciones el 13 o el 14.
La regla también interesa a quien cobra. Las facturas que vencen esos días siguen siendo exigibles y conviene anticipar recordatorios a clientes, porque muchas áreas administrativas trabajarán con horario reducido.
Servicios esenciales: quién sigue trabajando
El decreto prevé que las empresas privadas que prestan servicios esenciales o realizan actividades de especial relevancia puedan determinar qué puestos quedan excluidos de la medida y qué trabajadores continúan laborando. El resumen de El Peruano menciona, entre otros, los sectores de saneamiento, transporte, comunicaciones, electricidad, agua, seguridad, hospedaje, restaurantes y entidades financieras. Para el sector público, los titulares de las entidades deben adoptar las medidas necesarias para garantizar los servicios indispensables.
Para un restaurante o un hotel, la lectura es clara: la norma les permite seguir operando con el personal que definan, justo en días en que se espera mayor movimiento de visitantes. Para una empresa de seguridad o de transporte de carga, la decisión de qué puestos se mantienen debe comunicarse con anticipación y por escrito.
Qué cambia para restaurantes, comercios y talleres
El impacto varía según el tipo de negocio. Tres ejemplos ayudan a dimensionarlo.
Un restaurante o una cafetería del centro de Lima, de Trujillo o de Cusco está dentro de los rubros que el decreto permite mantener en operación. Su reto no es cerrar sino reforzar: planificar compras de insumos, ampliar turnos y prever cómo compensará a quienes trabajen. Para hospedajes y agencias de turismo, la visita es una oportunidad de ventas que exige confirmar reservas y personal.
Un comercio minorista o una ferretería de Piura o Chiclayo enfrenta otra decisión: abrir o no el 13 y el 14 de noviembre. Si cierra, debe acordar la recuperación de horas; si abre, debe revisar si su actividad encaja en lo que el decreto califica como esencial o de especial relevancia y documentar la decisión.
Un taller de confecciones o una pequeña fábrica con pedidos en curso necesita recalcular fechas de entrega. Dos tardes no laborables y el día 16 en Lima pueden retrasar despachos, por lo que conviene avisar a los clientes y negociar plazos antes y no después.
Lo que deben aprender las pymes colombianas
Para las empresas colombianas, el caso peruano deja varias lecciones. La primera es para quienes exportan o prestan servicios en el Perú: si tienen envíos, auditorías, instalaciones o reuniones en Lima, Callao o las regiones del norte entre el 11 y el 16 de noviembre, deben confirmar con sus contrapartes si estarán operando. Las aduanas, los transportistas y los clientes pueden trabajar con horarios reducidos.
La segunda lección es de gestión. Los grandes eventos, como visitas oficiales, cumbres o partidos, pueden alterar la jornada laboral con pocas semanas de aviso. Una pyme que tiene previsto un procedimiento interno para acordar la compensación de jornada, con formato de acuerdo y canal de comunicación con el equipo, reacciona mejor que una que improvisa.
La tercera es tributaria: no hay que suponer que un día de descanso extraordinario mueve los vencimientos. En el caso peruano, la norma lo dice expresamente. Cualquier empresa, en cualquier país, debería verificar este punto en la fuente oficial antes de aplazar una declaración.
Chequeo práctico antes del 11 de noviembre
Con algo más de dos semanas de margen, estas son las tareas que conviene resolver:
Identifique qué sedes, tiendas o clientes están en Lima, Callao, Cajamarca, La Libertad, Lambayeque, Piura, Cusco o Ucayali y qué fecha aplica a cada uno.
Lea el texto íntegro del Decreto Supremo 020-2026-TR en el diario oficial y defina si su actividad entra en los servicios esenciales o de especial relevancia.
Acuerde por escrito con sus trabajadores cómo se recuperarán las horas y quiénes seguirán laborando.
Revise el cronograma de la Sunat de noviembre y adelante pagos o declaraciones que caigan en esos días, porque siguen siendo hábiles.
Informe a clientes y proveedores sobre horarios especiales, cambios en entregas y canales de atención.
La medida es temporal y acotada, pero obliga a tomar decisiones de personal, caja y servicio en pocos días. Las empresas que preparen el acuerdo de compensación y ajusten su calendario de obligaciones podrán aprovechar el mayor movimiento de visitantes sin sobresaltos laborales ni multas tributarias. Si su negocio sigue de cerca el mercado laboral peruano, también puede consultar el análisis de PYME NOTICIAS sobre el empleo en Lima y las pequeñas empresas y el reporte sobre la recaudación de la Sunat y los pequeños contribuyentes.
Fuente principal: Diario Oficial El Peruano, "El Peruano te informa: consulta aquí las principales normas legales para hoy, viernes 23 de Octubre de 2026", publicado el 23 de octubre de 2026, que resume el Decreto Supremo N.º 020-2026-TR.
Preguntas frecuentes sobre los días no laborables por la visita del papa en Perú
¿Qué norma declara los días no laborables por la visita del papa León XIV?
Es el Decreto Supremo N.º 020-2026-TR, difundido por el Diario Oficial El Peruano el 23 de octubre de 2026. Declara días no laborables compensables para los sectores público y privado en ocho circunscripciones del Perú.
¿Qué días son no laborables en Lima y Callao?
El 11 y el 12 de noviembre de 2026 desde las 13:00 hasta las 24:00, y el 16 de noviembre. Aplica a los sectores público y privado.
¿Qué días aplican en Cajamarca, La Libertad, Lambayeque y Piura?
En esas cuatro regiones los días no laborables son el 13 y el 14 de noviembre de 2026, para trabajadores de los sectores público y privado.
¿Qué pasa en Cusco y Ucayali?
El 15 de noviembre es no laborable solo para el sector privado y las empresas se acogen previo acuerdo entre empleador y trabajadores. Si no hay acuerdo, decide el empleador.
¿Un día no laborable compensable es lo mismo que un feriado?
No. En un día no laborable compensable las horas no trabajadas deben recuperarse después, mientras que un feriado es un descanso que no se devuelve.
¿Cómo se recuperan las horas en el sector privado?
Según el resumen oficial, en Cusco y Ucayali el acuerdo entre empleador y trabajadores define la forma de recuperación y, a falta de acuerdo, la fija el empleador. Para las demás regiones conviene revisar el texto íntegro del decreto y pactar el esquema por escrito.
¿Cómo se recuperan las horas en el sector público?
Las horas deben recuperarse dentro de los diez días inmediatos posteriores o en la oportunidad que establezca el titular de cada entidad según sus necesidades.
¿Se aplazan los vencimientos tributarios ante la Sunat?
No. Para efectos tributarios los días no laborables compensables se consideran días hábiles, de modo que declaraciones y pagos que venzan esas fechas se mantienen.
¿Los restaurantes y hoteles pueden abrir esos días?
Sí. El decreto permite que las empresas de servicios esenciales o de especial relevancia, entre ellas hospedaje y restaurantes, determinen qué puestos siguen trabajando.
¿Qué otros sectores se consideran esenciales?
El resumen de El Peruano menciona, entre otros, saneamiento, transporte, comunicaciones, electricidad, agua, seguridad, hospedaje, restaurantes y entidades financieras.
¿Qué debe hacer una pyme colombiana con negocios en el Perú?
Debe confirmar con clientes, proveedores y transportistas si operarán entre el 11 y el 16 de noviembre en las regiones incluidas y reprogramar envíos, reuniones o instalaciones que coincidan con esas fechas.
¿Dónde se puede consultar el texto oficial?
En la edición de normas legales del Diario Oficial El Peruano, que publicó el Decreto Supremo N.º 020-2026-TR y lo resumió en su nota del 23 de octubre de 2026.




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