
Plenaria del Senado aprueba proyecto que prohibiría la venta de mascotas tras tres años de transición
Según Prensa Senado, la plenaria aprobó el proyecto de la senadora Andrea Padilla Villarraga sobre reproducción, cría y comercialización de animales de compañía, con un régimen de transición de tres años al cabo del cual la práctica quedaría prohibida en el país. El Senado no precisó en su comunicado el número del proyecto ni la etapa del trámite en que queda.
La plenaria del Senado de la República discutió y aprobó un proyecto de ley que reglamenta la reproducción, la cría y la comercialización de animales de compañía en Colombia, según informó Prensa Senado el 14 de octubre de 2026. Por una proposición de la senadora Yuly Esmeralda Hernández Silva (Pacto Histórico), avalada por la ponente y acogida por la plenaria, se creó un régimen de transición de tres años, al final del cual la práctica quedará prohibida en el país. Para las pymes del sector de mascotas, como tiendas, criaderos y negocios que venden animales, la decisión es una alerta temprana: si el proyecto completa su trámite y se convierte en ley en estos términos, tendrían que transformar una parte de su modelo de negocio.
Lo que aprobó la plenaria del Senado
De acuerdo con la nota de Prensa Senado, el proyecto es autoría de la senadora Andrea Padilla Villarraga, del partido Alianza Verde. Su objetivo es reglamentar la reproducción, cría y comercialización de animales de compañía con base en varios criterios: bienestar animal y salud pública; un registro nacional; identificación y trazabilidad de los animales; inspección, vigilancia y control, y restricciones a estas actividades en ciertos lugares.
La nota del Senado enumera estos componentes, pero no describe cómo funcionaría cada uno. Tampoco especifica qué lugares quedarían restringidos ni menciona canales concretos de venta, como tiendas físicas, ferias, plazas de mercado o internet. Cualquier empresario que lea la noticia debe tener presente ese límite: lo publicado por el Senado es un resumen del debate, no el texto aprobado.
De regular a prohibir: el giro que introdujo la plenaria
El proyecto llegó a la plenaria con un enfoque de regulación. Durante el debate, la senadora Yuly Esmeralda Hernández Silva destacó los avances en protección animal de los últimos cuatro años y pidió a sus colegas más rigor y ambición. Su propuesta fue que la comercialización de animales con "vínculos con la familia", es decir, los de compañía, no se regulara, sino que se prohibiera.
Según la nota, esa proposición cambió por momentos el rumbo de la discusión. La autora, Andrea Padilla, sostuvo que el legislador debe enfrentar la realidad y atender primero los escenarios de mayor sufrimiento, y habló de "avanzar en la eliminación de los escenarios de crueldad". También planteó que los avances deben ser graduales, con leyes que puedan aplicarse, y que la práctica debe salir de la clandestinidad, bajo todas las medidas de vigilancia y control.
Finalmente, entre las distintas posiciones a favor y en contra de la regulación y la prohibición, la propuesta de Hernández fue avalada por la ponente y aprobada por la plenaria. El resultado, según Prensa Senado, fue la creación de un régimen de transición de tres años, tras el cual la práctica quedará prohibida en el país.
Tres años de transición: lo que se sabe y lo que falta
El dato central para los negocios es el plazo: tres años de transición. Lo que la nota del Senado no aclara es el alcance exacto de la prohibición final. El texto dice que, al terminar ese periodo, "la práctica" quedará prohibida, pero no precisa si se refiere solo a la comercialización o también a la reproducción y la cría, ni desde cuándo empezarían a contar los tres años.
Ese detalle no es menor. No es lo mismo prohibir la venta de animales en vitrinas que prohibir cualquier forma de reproducción con fines comerciales. Tampoco es lo mismo que el plazo corra desde la sanción presidencial de la ley que desde la expedición de un reglamento. Mientras no se conozca el texto definitivo aprobado, cualquier interpretación más allá de lo publicado sería especulación.
Número del proyecto y etapa del trámite: lo que el Senado no precisó
PYME NOTICIAS revisó la fuente primaria para confirmar el número del proyecto de ley y la etapa en que queda. El Senado no precisó en su comunicado ninguno de los dos datos: la nota solo dice que la plenaria "discutió y aprobó" el proyecto, sin indicar su número de radicación ni si se trató del segundo o del cuarto debate, ni si el texto pasa a la Cámara de Representantes, a conciliación o a sanción presidencial.
Como referencia general, en Colombia un proyecto de ley ordinaria necesita, por regla general, cuatro debates: dos en el Senado (comisión y plenaria) y dos en la Cámara, o al revés según dónde se radicó. Si las dos cámaras aprueban textos distintos, se requiere una conciliación, y después el proyecto pasa a sanción presidencial. Solo entonces se convierte en ley. Por eso, la aprobación en una plenaria es un paso importante, pero no significa que la prohibición ya esté vigente.
Este tipo de iniciativas legislativas que tocan directamente a los negocios merece seguimiento. PYME NOTICIAS ha reportado otros proyectos en curso con impacto empresarial, como el que busca abrir el crédito formal a micronegocios e informales y el que propone que la industria aporte a los subsidios de energía de estratos 1, 2 y 3.
Qué negocios estarían en la mira
Aunque la nota del Senado no menciona sectores específicos, la lógica del proyecto apunta a los negocios cuya actividad incluye reproducir, criar o vender perros, gatos y otros animales de compañía. Algunos ejemplos ilustran cómo podría cambiar su operación si la prohibición se confirma:
Piense en un criadero familiar de perros en las afueras de Rionegro, Antioquia, que vende cachorros de raza por redes sociales. Su ingreso principal depende directamente de la reproducción y la venta. Con un horizonte de tres años, ese negocio tendría que evaluar si puede reconvertirse hacia servicios como guardería canina, adiestramiento o hospedaje.
Una tienda de mascotas en Bucaramanga que vende alimento, accesorios y, ocasionalmente, cachorros o gatitos, probablemente sentiría un impacto menor, porque la mayor parte de su facturación no depende de la venta de animales. Aun así, perdería una línea de ingreso y el flujo de clientes que llega atraído por los animales en vitrina.
Una veterinaria o una peluquería canina en Barranquilla, en cambio, no vende animales, pero sí depende del número de mascotas que hay en los hogares. Si la adopción reemplaza a la compra, su mercado no necesariamente se reduce. Incluso podría encontrar oportunidades en alianzas con fundaciones de adopción.
Registro, trazabilidad y vigilancia: la otra cara del proyecto
Más allá de la prohibición, el proyecto incluye componentes que, si se mantienen en el texto final, implicarían nuevas obligaciones durante la transición: un registro nacional, la identificación y trazabilidad de los animales, y esquemas de inspección, vigilancia y control. La autora defendió sacar la práctica de la clandestinidad, bajo todas las medidas de vigilancia y control.
Para un negocio formal, la trazabilidad suele traducirse en documentación: saber de dónde viene cada animal, quién lo reprodujo, qué condiciones sanitarias tuvo y a quién se entregó. Los negocios que hoy ya llevan esos registros estarían mejor preparados para cumplir con cualquier exigencia que traiga la reglamentación.
Cómo prepararse mientras avanza el trámite
Para una pyme del sector de mascotas, este es un momento para informarse y planear, no para entrar en pánico. Un chequeo práctico:
Identifique qué porcentaje de sus ingresos depende directamente de la reproducción o la venta de animales, y cuánto de alimento, accesorios y servicios.
Evite comprometer inversiones grandes en infraestructura de cría o en inventario de animales hasta conocer el texto definitivo.
Organice desde ya registros de origen, condiciones sanitarias y destino de cada animal, por si la trazabilidad se vuelve obligatoria.
Explore líneas de negocio que no dependen de la venta de animales, como servicios de baño, guardería, adiestramiento o alimentos especializados.
Siga el trámite en el sitio del Senado y de la Cámara, y consulte a su gremio o a un abogado antes de tomar decisiones de fondo.
El horizonte de tres años da margen para ajustar el negocio, siempre que el empresario use ese tiempo con método. Los negocios de mascotas que hoy diversifican sus ingresos hacia servicios y productos tendrían menos que perder si la prohibición se confirma, y más que ganar si el mercado de la adopción sigue creciendo. Para seguir el proceso, la referencia oficial es la sala de prensa del Senado de la República.
Fuente principal: Senado de la República, "Plenaria del Senado aprueba proyecto sobre reproducción y comercialización de animales de compañía", publicado el 14 de octubre de 2026.
Preguntas frecuentes sobre la prohibición de la venta de mascotas
¿Qué aprobó la plenaria del Senado?
Aprobó un proyecto de ley que reglamenta la reproducción, cría y comercialización de animales de compañía. Por una proposición acogida en el debate, se creó un régimen de transición de tres años, al cabo del cual la práctica quedará prohibida en el país.
¿Quién es la autora del proyecto?
La autora es la senadora Andrea Padilla Villarraga, del partido Alianza Verde, según Prensa Senado.
¿Quién propuso pasar de regular a prohibir?
La senadora Yuly Esmeralda Hernández Silva, del Pacto Histórico. Su proposición fue avalada por la ponente y aprobada por la plenaria.
¿Cuánto dura el régimen de transición?
Tres años. Según el Senado, al terminar ese plazo la práctica quedará prohibida en el país.
¿Ya está prohibido vender mascotas en Colombia?
No. Lo aprobado es un proyecto de ley en la plenaria del Senado; para convertirse en ley debe completar su trámite en el Congreso y recibir sanción presidencial.
¿Cuál es el número del proyecto de ley?
El Senado no precisó el número del proyecto en su comunicado del 14 de octubre de 2026.
¿En qué etapa del trámite queda el proyecto?
El Senado no precisó en su comunicado si la aprobación correspondió al segundo o al cuarto debate, ni si el texto pasa a la Cámara, a conciliación o a sanción presidencial.
¿Qué otros temas incluye el proyecto?
Incluye criterios de bienestar animal y salud pública, un registro nacional, identificación y trazabilidad, inspección, vigilancia y control, y restricciones a estas actividades en ciertos lugares.
¿La prohibición incluye la cría y la reproducción?
La nota del Senado dice que "la práctica" quedará prohibida, pero no aclara si se refiere solo a la comercialización o también a la cría y la reproducción. Habrá que conocer el texto aprobado.
¿Qué negocios podrían verse afectados?
Principalmente los criaderos y las tiendas que venden animales de compañía. Veterinarias, peluquerías y tiendas de alimento y accesorios dependen menos de la venta de animales.
¿Qué puede hacer hoy una tienda de mascotas?
Medir cuánto de sus ingresos depende de la venta de animales, evitar inversiones grandes en esa línea hasta conocer el texto final y explorar servicios y productos alternativos.
¿Dónde puede seguir el trámite?
En los canales oficiales del Senado de la República y de la Cámara de Representantes, donde se publican los avances de los proyectos de ley.




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